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Portada - Comentarios - La dispersión pluralista del poder

09/06/2009 - Ángel Fernández

La dispersión pluralista del poder

Para impulsar el crecimiento socioeconómico de modo duradero y compatible con las libertades políticas, una condición adicional a la aparición de las democracias representativas es la dispersión pluralista del poder.

En estos momentos, el pueblo puede elegir a los dirigentes políticos en democracias, de un modo más o menos justo en función de que sus elecciones se produzcan de forma directa o indirecta, con listas abiertas o cerradas, con primera o segunda vuelta, con circunscripción local o nacional o, incluso, con una valoración igualitaria del voto o bien proporcional en función de la región donde se resida.

Sin embargo, la característica que permite distinguir una estructura institucional pluralista de una cleptocracia (y también de un Estado dividido en mini-autocracias) es la existencia de contrapesos de poder, que fragmenten, acoten e independicen con eficacia los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

Influido por el parlamentarismo inglés, el barón de Montesquieu publicó en 1748 su célebre obra El espíritu de las leyes en donde se resaltaba con acierto la necesidad de contrapesos de poder que eviten su concentración en pocas manos:

Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona... entonces no hay libertad porque es de temer que hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el poder judicial no está separado de los poderes legislativo y ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y sobre la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo el poder sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la misma fuerza que un agresor. En un Estado en que un hombre o una corporación [por ejemplo, la actual casta política con sus diferentes franquicias intervencionistas] administrasen los tres poderes... todo se perdería enteramente.

Pues bien, es fácil identificar los anteriores males dentro de la partitocracia de España dado que, después de más de treinta años de democracia, tal y como afirma el profesor Pedro Schwartz, todavía seguimos buscando a Montesquieu. La clase dirigente española ha logrado degenerar la estructura institucional, con un crecimiento exponencial del tamaño del Estado y su legislación en la última mitad del siglo XX y a comienzos del XXI. Si lo anterior ya es grave, la falta de independencia de los órganos de gobierno de los jueces y de sus altos tribunales hace imposible la existencia de un Estado de Derecho digno de llamarse así.

Por ello, resulta evidente preguntase qué posibilidades existen de limitar la coacción de los políticos si vivimos sin separación de poderes, sin independencia judicial, con escasos medios de comunicación independientes y, en general, con pleitesía de las instituciones ante los poderes ejecutivos de un Gobierno central y de 17 mini-autocracias autonómicas, en permanente lucha intervencionista por más financiación y mayores competencias.

La legislación conjunta de múltiples parlamentos, controlados por sus respectivos gobiernos regionales, llena el mercado de regulaciones, funcionarios, burocracia y barreras al comercio. Adicionalmente, la impunidad judicial de las autonomías permite la imposición de leyes liberticidas, sin que los ciudadanos queden protegidos por la tutela de jueces ordinarios o por la acción decidida y contundente de los tribunales superiores de justicia.

Separar el poder y ralentizar la actual inflación legislativa son reformas esenciales para limitar la acción de los políticos y así lograr defender los derechos individuales por encima de los actos administrativos del poder ejecutivo y más allá del alcance de las leyes del poder legislativo. Y es que sólo una democracia duradera y correctamente evolucionada, garantiza de modo eficiente las propiedades, los contratos y las libertades ciudadanas, con una estructura institucional que permita un buen control ciudadano sobre las decisiones más trascendentales, la limitación del tamaño del Estado y la dispersión pluralista del poder.

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Opinión de los lectores

englishman

Nada dispersa más el poder que defender el Derecho de Propiedad... desde el mismo momento en el que cada persona es "Rey de su castillo" en su hogar y libre de acumular los frutos de su trabajo... da igual que el gobierno esté en Madrid, Bruselas o la Luna... estará implicitamente limitado.

Javier

Hombre, el análisis cambiaría de alguna manera si en vez de hablar de libertades politicas, que no existen en España, hablases de libertades individuales que son las medio reconocidas.
Si esto se tuviese en cuenta el discurso necesariamente sería otro porque se recogería más fielmente la realidad de los protagonistas.
Un saludo.

ÁNGEL FERNÁNDEZ

SEPARACIÓN DE PODERES:

a) Anteriormente ya analizamos la carencia de independencia judicial, sin duda la deficiencia institucional más grave en España.

b) El comentario publicado indaga sobre la problemática de cómo evolucionar la estructura institucional actual en España para lograr la separación e independencia del poder legislativo.

c) Al mismo tiempo, también se pretende señalar la importancia de pensar cómo se podría limitar la hiperregulación legislativa que es provocada por un poder legislativo rendido al Gobierno, sin control por parte de los ciudadanos, y sin una tutela efectiva desde el poder judicial (ya que también es rehén del poder ejecutivo desde el infame Pacto por la "Justicia" perpretado por PP y PSOE para "elegir" los "vocales" del Consejo General del Poder Judicial que "dirigen" a los jueces mediante su disciplina, ascensos, promociones,...) dis).

Últimamente, es asfixiante la intromisión del derecho público en las decisiones personales del individuo como la libertad de elección de enseñanza para los hijos, el idioma a emplear, la religión a profesar y en ámbitos aún más íntimos del ser humano como el derecho a vivir.

Obedecemos edictos de los ayuntamientos, leyes nacionales, leyes autonómicas, reglamentos y directivas europeas. Y cuando el derecho positivo queda guiado por una amplia mayoría de políticos intervencionistas, con el tiempo, quedan aplastados los derechos individuales, es decir, el "iure humanitas” instaurado por el derecho Romano, entendido como el conjunto de derechos inalienables de la persona por el mero hecho de ser un humano por encima de cualquier normativa, ley básica o Constitución.

IDEAS REFORMISTAS ACERCA DEL PODER LEGISLATIVO:

Sin pretender ser exhaustivo ni intentar acaparar toda la verdad al respecto, permítanme que esboce algunas ideas al respecto de la independencia del poder legislativo y de la limitación de la expansión legislativa, desaparecidas actualmente del panorama político español, ante la falta de control por parte de los ciudadanos que padecen esas graves carencias institucionales:

  • 1. Para defender los derechos individuales (a la vida, a la libertad de elección, a la propiedad y a la igualdad ante la ley), es imprescindible que exista una separación “real” de los poderes del Estado.
  • 2. En primer lugar, se necesitan elecciones independientes para elegir un Gobierno presidencialista por un periodo limitado de años, sin necesidad de concurso del Parlamento. Es decir, el Presidente elegido debería limitarse a seleccionar su equipo de gobierno entre los que creyese mejores profesionales de la sociedad (especializados en su campo de trabajo que no fuesen gente de partido y no estuviesen politizados), a gestionar el presupuesto público anual y a dirigir la Administración General del Estado (AGE). Todo ello sin poder controlar los poderes legislativo y judicial, bajo pena de cárcel y exclusión de por vida del desempeño de cargos públicos.
  • 3. En segundo lugar, el Parlamento Nacional , elegido de modo totalmente independiente del Presidente y su Gobierno, deberían validar los presupuestos generales del Estado cada año, además de redactar las leyes y, auditar los actos administrativos y el patrimonio de los funcionarios de la AGE por medio de una Agencia de la Función Pública que trabajase para el mismo.
  • 4. Para evitar la inflación legislativa, seguro tendríamos menos producción de leyes si cada Parlamento se reuniese tan sólo durante 2 meses al año, tal y como se hace en el Estado de Texas. Durante el primer semestre para elaborar nuevas leyes. Durante el segundo semestre para discutir y aprobar (o rechazar) el presupuesto enviado por el poder ejecutivo. Da igual que los parlamentarios sigan cobrando sus salarios todo el año. Ahorramos dinero y ganamos libertad, simplemente, manteniendo a los políticos durante 10 meses fuera de las cámaras de representantes del Parlamento.
  • 5. Por otro lado, si como representantes de los ciudadanos fuesen elegidos por medio de circunscripciones electorales, los diputados y los senadores podrían dedicarse a resolver individualmente los problemas de sus votantes con el Gobierno y con las Administraciones Públicas, fuera del periodo legislativo de dos meses que acabamos de citar.
  • 6. Liberados de asistir a interminables sesiones en el Parlamento (a las que, de hecho, no asisten una mayoría de ellos para dedicarse a asuntos público-privados de más que dudosa moralidad), nuestros representantes podrían responder ante sus votantes durante la legislatura para poder renovar su mandato a los cuatro años. Es más, los parlamentarios podrían ayudar a que el Derecho Administrativo quedase limitado, pleiteando de oficio ante actos administrativos ilegales en contra de sus votantes, y obligando por ley a que prevaleciese el Derecho Privado en las relaciones con la Administración, para lograr un trato más equilibrado y justo entre el contribuyente y la estructura administrativa pública y, así reducir el enorme número de arbitrariedades públicas vía expedientes de expropiación, de concesiones, de ayudas, de subvenciones o de sanción a los sufridos contibuyentes.
  • 7. Pero, ante el crecimiento exponencial de la legislación liberticida que sufrimos, con leyes y Estatutos de Autonomía contrarios a la Constitución Española de 1978, pudiese ser práctico eliminar el poder legislativo de las autonomías, circunscribiendo su actuación al poder ejecutivo. Se reducirían los gastos salariales de cientos de zánganos políticos de tercera fila.
  • 8. Con esta última medida, los ciudadanos ahorrarían mucho dinero, evitando las legislaciones autonómicas que han roto la unicidad de mercado, estableciendo normas diferentes en función de la región y muchas barreras al libre comercio. Y los ciudadanos no-nacionalistas podrían elegir idioma, escuela, universidad, domicilio o negocio sin necesidad de tener que optar entre cumplir estúpidas leyes autonómicas o cambiar su residencia a una comunidad autónoma con menor presión liberticida.
  • 9. Pero, desde luego, no bastaría con lo anterior, ya que deberían de quedar prohibidos los Reales Decretos para evitar la tramitación de urgencia por el Gobierno (poder ejecutivo) de leyes en menos de un mes, salvo en los estados de emergencia, sitio o excepción establecidos en el artículo 116 CE.

  • 10. Y si se reduce el número de leyes, también deben controlarse las normativas y reglamentos que, después, redactan y aprueban los funcionarios por delegación del Gobierno. Es decir, los Parlamentos deben tramitar leyes ordinarias “totalmente” terminadas, sin posibilidad de que las normas o reglamentos no se integren en las mismas y queden sujetos a posteriores distorsiones y regulaciones de los mercados en función del criterio del Gobierno de turno y los funcionarios a su servicio.
A pesar de que la teoría política de Montesquieu inspiró muchas de las leyes fundamentales de las naciones de Occidente, la separación de poderes a quedado relegada al olvido.

Y, como resultado de ello, la inflación legislativa ha crecido exponencialmente y ha traído la carencia de independencia judicial y las arbitrariedades públicas por medio de hiperregulación sobre la vida, libertad y propiedades de los ciudadanos.

Para realizar propuestas y debatir con educación, respeto y coherencia sobre temas de reforma constitucional, existen dos foros de debate en Internet:

Foro debate en Red Liberal

Foro debate sobre reforma constitucional (inicial)

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