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Análisis diario
Jaime Juárez Rodríguez

Danzad, danzad, malditos

El estado de alarma –y que por reciente sentencia, de 14 de julio de 2021, ha sido considerado parcialmente nulo por inconstitucional- no impedía la asistencia a los lugares de culto (aunque sí la condicionaba a la adoptación de medidas para evitar aglomeraciones), a pesar de lo cual sufrimos los cierres y suspensiones apuntados, lo que a los católicos, como digo, pareció darnos igual.

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