Sin embargo, cuando de analizar el impacto económico de los impuestos se trata, de nada sirve acudir al texto legal, pues una característica esencial de los tributos es que pueden ser repercutidos: no los paga el que figura como sujeto pasivo, sino aquel otro al que el sujeto pasivo es capaz de trasladarle total o parcialmente la carga del impuesto. Es necesario, pues, ir más allá de lo evidente y estudiar cuáles son las consecuencias últimas del IVA.
Empecemos explicando grosso modo su funcionamiento: aunque el IVA lo paga el consumidor, es cada empresario el que tiene que repercutir el gravamen sobre los bienes o servicios que vende a sus clientes, esto es, es al empresario a quien le corresponde la obligación tributaria de recaudar e ingresar al erario el monto del impuesto. Ahora bien, ¿qué sucede cuando el cliente de un empresario es otro empresario? Pues que ese otro empresario soporta el pago del IVA pero también se lo repercute más adelante a sus propios clientes, por lo que únicamente deberá abonar a Hacienda la diferencia entre el IVA que ha soportado y el IVA que ha repercutido (es decir, cada empresario ingresará el gravamen sólo en función del valor añadido que ha aportado a la producción).
Por ejemplo, supongamos un tipo fijo del IVA del 20%. El empresario A vende madera por 10.000 euros al empresario B, a cuyo importe ha de repercutirle el gravamen del 20% (siendo el precio final 12.000 euros). El empresario B utiliza la madera para fabricar sillas y se las vende al empresario C (un minorista) por 15.000 euros más el IVA (es decir, 18.000 euros). Finalmente, el empresario les venderá las sillas a los consumidores por 30.000 euros más el IVA (es decir, 36.000 euros). Si repasamos las transacciones anteriores, comprobaremos que el empresario A ha repercutido a B 2.000 euros por IVA (cantidad que tendrá que ingresar a Hacienda), que el empresario B ha soportado de A un IVA de 2.000 euros y ha repercutido a C 3.000 euros (de modo que tendrá que ingresar a Hacienda sólo 1.000 euros) y el empresario C ha soportado de B 3.000 euros por IVA y ha repercutido a los consumidores 6.000 euros (por lo que tendrá que ingresar a Hacienda 3.000 euros). En total, Hacienda recibirá 6.000 euros (2.000 de A, 1.000 de B y 3.000 de C), que coincidirá con el monto abonado por los consumidores.
Hasta aquí los efectos que busca el legislador. Pero, ¿cuáles son sus consecuencias reales de establecer o incrementar el IVA?
La primera, claro está, es una fuerte presión a que se incrementen los precios de todos los bienes de consumo. Ahora bien, esa presión no será uniforme, pues ni todas las empresas lo tendrán igual de fácil para repercutir el nuevo impuesto al consumidor final ni a todas les interesará hacerlo en la misma medida. En concreto, aquellas empresas con márgenes de beneficio muy estrechos y que sobreviven gracias a vender un gran número de unidades (por ejemplo, los supermercados) preferirán repercutir el IVA a menos que su demanda experimente un desplome colosal; por otro lado, aquellas empresas que venden pocas unidades a unos márgenes de beneficios muy amplios (por ejemplo los astilleros) optarán por no repercutir el IVA a poco que se les pudiera reducir la demanda.
La razón es sencilla de comprender: a las primeras les interesa conservar su margen de beneficio (aun a costa de menores ventas) mientras que a las segundas les compensa conservar sus ventas (aun a costa de un más estrecho margen). Por consiguiente, no siempre un mayor IVA se traducirá en precios más altos.
Lo que sí sucederá en cualquier caso, sin embargo, es que los beneficios de las empresas serán menores que en ausencia del impuesto, ya se deba a la caída de las ventas o a los más estrechos márgenes. Y esta reducción de beneficios nos lleva a la segunda consecuencia de la subida del IVA: las empresas irán cancelando aquellos proyectos que dejen de ser rentables, despidiendo a los factores productivos allí empleados. Vemos, por tanto, que el IVA, lejos de pagarlo en exclusiva el consumidor, extenderá sus efectos perversos tanto sobre los accionistas de las empresas cercanas al consumo cuanto sobre los trabajadores y proveedores de esas compañías.
Por eso, dicho sea de paso, es importante que las empresas tengan libertad para decidir si quieren tratar de repercutir el IVA sobre sus precios finales o no. Lo esencial no es que se minimice la influencia del IVA sobre el consumidor, sino que se minimicen las pérdidas derivadas de su implantación, pues, en caso contrario, se estará maximizando la destrucción de producción y de empleo en perjuicio del conjunto de la economía. De ahí también, por cierto, que muchos economistas aboguen por combinar la subida del IVA con una reducción de las cotizaciones sociales, pues algunas de las líneas de producción que dejan de ser rentables con el aumento del IVA pueden volver a serlo con la rebaja de los costes laborales (si bien el resto de factores no se salvarían de la quema).
En tercer lugar, la caída de beneficios empresariales podría contenerse mediante las alteraciones que el aumento del IVA genere sobre las relaciones comerciales. Por un lado, el IVA encarece no sólo la producción nacional, sino también la producción extranjera, por lo que hasta cierto punto podría existir una cierta sustitución de importaciones: los consumidores nacionales podrían dejar de comprar bienes foráneos para mantener sus compras interiores, cargando las tintas del ajuste del gasto en los productores extranjeros. Por otro, dado que las exportaciones se encuentran exentas de IVA, los productores nacionales se verán incentivados a dar salida en los mercados exteriores a su producción –donde no se habrá encarecido–, lo que podría compensar en todo o en gran parte la caída interna de las ventas.
En este sentido, suele decirse que los efectos del IVA sobre el comercio exterior son parecidos a los deuna devaluación de la moneda, pero en realidad sus efectos no son exactamente iguales. Primero, porque la tendencia a la sustitución de importaciones es muy inferior en el caso de la subida del IVA (la devaluación encarece sólo los productos extranjeros, mientras que el IVA encarece los internos y los extranjeros); segundo, porque la promoción de las exportaciones es menos intensa con la subida del IVA (la devaluación abarata las exportaciones en moneda extranjera; el aumento del IVA no abarata las exportaciones, simplemente no las encarece); tercero, porque las distorsiones sobre los precios relativos son menores con el IVA (la devaluación encarece las importaciones de factores extranjeros, lo que necesariamente modifica los patrones de producción internos); y cuarto, la expectativa de un aumento del IVA no incentiva por sí mismo una salida de capitales del país, como sí lo hace la expectativa de devaluación. En resumen: los efectos del aumento del IVA sobre el comercio exterior serán más bien parcos y muy probablemente no compensen la reducción interna de la demanda.
En cuarto término, en la medida en que el aumento del IVA encarece el gasto en consumo, podría pensarse que promueve el ahorro y todos los muy beneficiosos efectos sobre la economía que éste acarrea. Pero esto no es necesariamente así: de hecho, el incremento de los gravámenes sobre el consumo bien podría terminar generando un desahorro en el conjunto de la economía, pues las familias podrían optar por consumir un mayor porcentaje de sus rentas para mantener sus encarecidos niveles de consumo. Si, en cambio, el IVA impulsa en mayor o menor medida el ahorro y la inversión, a corto plazo se podría reabsorber a parte de los factores desempleados en las industrias de consumo y a largo plazo sería posible regresar a los niveles anteriores el consumo privado gracias a la mayor productividad. Con todo, en países con fuertes incertidumbres internas, el acrecentado volumen de ahorro podría terminar refugiándose en el extranjero, con lo que no habrá una mayor inversión interna y, por tanto, el mayor consumo futuro sólo sería posible para los capitalistas y no para los trabajadores.
Y, por último, el aumento del IVA agravará los problemas de liquidez de algunas de las empresas de la economía. Por un lado, no será inhabitual que los empresarios deban ingresar su cuota diferencial entre el IVA que han repercutido y el que han soportado antes de que hayan cobrado las facturas que contienen el IVA repercutido. Por otro, algunos empresarios acumularán saldos acreedores por IVA con la administración tributaria en el curso normal de sus actividades (por una gran inversión inicial en activos fijos o circulantes que no hayan repercutido por completo en sus ventas). En ambos casos, los profesionales deberán disponer de reservas de tesorería o de líneas de crédito extraordinarias, lo que les acarrearán un sobrecoste financiero que en buena medida contrarrestará los efectos positivos del mayor ahorro potencial atribuible al IVA.
En definitiva, el aumento del IVA deprime de manera desigual las ventas de las empresas más cercanas al consumo y promueve el cierre de aquellas explotaciones menos rentables; dos pauperizadores efectos que aparentemente podrían compensarse en parte con la mejora del saldo exterior, el aumento de la inversión interna y el (ineficiente) incremento del gasto público que el IVA puede conllevar. Sin embargo, lo primero y lo segundo no es seguro que se den de manera apreciable y lo tercero no tiene por qué ser más deseable para los consumidores que los bienes que hubiesen podido adquirir en ausencia del mayor IVA: es decir, en cualquier caso, la sociedad se empobrecerá.