¿Sturzenegger en Madrid?

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El reciente anuncio por parte de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, de la presentación de un proyecto de Ley integral contra la Hiperregulación “para simplificar y suprimir normas existentes que sean obsoletas, innecesarias o contradictorias“, dentro de una estrategia más amplia de internacionalización de la economía regional para “reforzar la marca Madrid en el mundo” debe saludarse como un paso acertado frente a la marabunta de termitas legislativas que tanto abundan en España y la Unión Europea.

En verdad que una parte sustancial del estancamiento europeo – difícil de cuantificar, pero evidente – se debe al normativismo impuesto por los gobiernos en la vida y las actividades de los individuos. No en vano todo tipo de regulaciones administrativas prohíben, mediatizan, uniforman o condicionan procesos productivos, so capa de la búsqueda de estándares de calidad de bienes y servicios, predeterminados por una tecnocracia que se presenta como omnisciente. Aparte de tachar a los procesos de mercado de ciegos mecanismos que abocan al caos – y, por lo tanto, calificar a los consumidores de necios – los reguladores refuerzan su posición con la retroalimentación que les brindan destinatarios ávidos de eliminar a futuros competidores. Por muy bien intencionadas que sean las regulaciones, el gran público debe ser consciente de que la hiperregulación constituye una barrera de entrada para quiénes empiezan una empresa o una actividad profesional, en primer lugar.

 Achacar esta realidad exclusivamente a la Unión Europea no refleja la profundidad del mal. Lo cual tampoco obsta para reconocer que la vis expansiva de las políticas comunes diseñadas por sus burócratas reglamentistas determina el asfixiante marco legal de los estados miembros.  

Ahora bien, sin soslayar las dificultades que tendría suprimir o simplificar el efecto de la aplicación durante decenios de directivas y reglamentos comunitarios en su ordenamiento jurídico interno, la salida del Reino Unido, por ejemplo, no parece que haya sido acompañada de la liberalización de su actividad económica ni reformas de su “estado del bienestar”. Por el contrario, Gran Bretaña sufre un marasmo similar al de los países del continente y un increíble retroceso en las libertades públicas de las que tanto se ufanaban los británicos[1],  debido a su trágica exposición a la ideología de la corrección política. Tan es así, que gran parte de su casta política ha asumido por defecto los postulados de la cultura de la cancelación ( woke ) o no se atreve a impugnar sus postulados y dispendios de manera abierta y decidida.

Descendiendo en la escala político administrativa que afecta a la Comunidad Autónoma de Madrid, por otro lado, es evidente que mantiene una serie de competencias configuradas por la Constitución española, su Estatuto de Autonomía y una ya poblada legislación de leyes y decretos autonómicos (que se quiere podar con buen criterio) al tiempo que tiene que desarrollar y ejecutar regulaciones europeas que se escapan del alcance de su voluntad reformadora.

El impulso del actual gobierno autonómico madrileño prosigue el tibio liberalismo económico marcado por los gobiernos de Esperanza Aguirre Gil de Biedma[2], frente al mercantilismo del presidente anterior del mismo partido popular, Alberto Ruiz-Gallardón. El anuncio de esta simplificación normativa, sin embargo, parece más relacionada con otras medidas legislativas más recientes emprendidas por la comunidad madrileña. Así, por ejemplo, cabe observar una clara conexión con la Ley 6/2022, de Mercado Abierto, que estableció el  reconocimiento automático de licencias de otras comunidades autónomas para que empresas y profesionales de toda España pudieran operar en la región sin necesidad de repetir los trámites administrativos. De alguna manera, el gobierno autónomo suplió la anulación muy parcial – basada en cuestiones de competencia entre gobierno central y CC.AA – de las mejores medidas de la Ley estatal 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, por parte del Tribunal Constitucional[3].

¿Y dónde encontrar una fuente de inspiración contrastada, así como una metodología práctica? Sin duda, los asesores de la presidenta madrileña deberían aprender de la experiencia puesta en marcha por Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, nombrado por el Presidente de Argentina, Javier Milei[4].

 Salvadas las diferencias, principalmente que el ministro argentino ha desarrollado su labor de poda legislativa avalado por una Ley de Bases anual de ámbito nacional[5] que confiere una delegación legislativa plena al gobierno del Presidente de una República y tiene como único límite la Constitución argentina, el repertorio de conferencias y sus declaraciones, por no hablar de los documentos creados durante este tiempo, invitan a compartir las estrategias y procedimientos[6] desplegados por el ministro argentino. Eso sí, contrastados por los resultados.

No se descubre nada nuevo al decir que la proximidad cultural salta a la vista, frente al modelo del Departamento de eficiencia del gobierno (DOGE) encargado de forma efímera a Elon Musk por el presidente norteamericano Donald Trump.

Volviendo al ámbito nacional, pese a que la interconexión del mundo debe llevar a la defensa de estos modelos a la propia Unión Europea, la peculiar dictadura en construcción que está forjando quién dice ser presidente del gobierno de España, gracias al apoyo de fuerzas centrífugas que quieren separar partes de la nación – al tiempo que obtienen competencias fundamentales pavimentar nuevos estados en el futuro – distorsiona todavía más unas reglas mínimas que den coherencia y viabilidad al sistema. La ayuda de órganos como el Tribunal Constitucional, copado por vicarios que retuercen los preceptos de la Norma Fundamental para agradar a quiénes les cooptaron al puesto de magistrados, se revela crucial.

Aunque en una situación de este tipo no cabe amedrentarse, conviene ponderar que, si continua hasta el final teórico la presente legislatura, el gobierno central impugnará (Art. 161 CE) con bastante probabilidad aquellas disposiciones normativas sin fuerza de Ley con el efecto automático de su suspensión mientras se sustancia el conflicto de competencias ante el TC. La elevación a rango de Ley autonómica de las normas que se aprueben para apoyar la desregulación tampoco evitará que el gobierno inste como medida cautelar la suspensión ante el mismo Tribunal.

Dicho esto, una vez asumida la necesidad de simplificación administrativa debe reconocerse la urgente necesidad de eliminar lo que en los procedimientos penales contra la gigantesca corrupción de la Junta de Andalucía dirigida por el PSOE se dio en llamar la “administración paralela”, esto es, la ristra interminable de entidades, agencias y sociedades de capital público o dominadas por los gobiernos de distinto nivel que instauran un sistema de nepotismo y corrupción mafiosa.  

A pesar del desfase que demuestra las dificultades deliberadas a las que somete un gobierno cleptocrático a los organismos de control, el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local[7], publicado por la Intervención General del Estado, se revela como un instrumento fundamental para saber dónde dirigir la poda de organismos públicos.

Por último, las referencias a la “modernización” de la administración no deben convertirse en pretextos para la imposición de la digitalización forzosa en las relaciones con las administraciones públicas, pervirtiendo la idea inicial de que el administrado tenga el derecho de comunicarse por vía personal o digital con ellas.

Y menos aún – después de la prohibición de pagos en efectivo de más de 1.000 euros- para la imposición de sistemas de facturación online de personas físicas o jurídicas interconectadas con la Administración Tributaria, en cuanto que las facturas se verifican en la sede electrónica de la AEAT (Verifactu).

Notas

[1]  Ante lo cual poco o nada han hecho las desnortadas ideas predominantes en el Partido Conservador británico, que retuvo el poder con cinco primeros ministros sucesivos durante quince años desde 2010 hasta la derrota ante un partido laborista, aún más socialista, dirigido por un antiguo fiscal, Keir Starmer, quien dirigió el servicio público de la fiscalía hasta bien entrado el mandato de David Cameron como primer ministro.

[2] Con errores clamorosos en un sector vital como la construcción, no obstante. Recuerdo vívidamente la críticas acerbas del profesor Jesús Huerta de Soto contra Esperanza Aguirre por el impulso que dio a una reforma de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El punto estrella  de aquella reforma del año 2007 introdujo (art. 39.8º) la limitación de “tres alturas más ático en la construcción de los nuevos desarrollos urbanísticos”. Como agudamente observó el profesor en numerosos actos públicos, esa traba normativa, seguida de una habilitación, “motivada” a los Ayuntamientos para autorizar “edificios singulares” de una altura superior, con la anuencia de la Comisión de Urbanismo de Madrid – si se precisaba la modificación del planeamiento vigente – dejaba el desarrollo urbanístico de los municipios madrileños al albur de la arbitrariedad (y la corrupción) de burócratas y políticos planificadores. Afortunadamente, la medida fue derogada en diciembre de 2015 por la Asamblea de Madrid, a instancia del grupo de Ciudadanos y el apoyo del gobierno del PP dirigido por Cristina Cifuentes Cuencas. No por casualidad, el grupo socialista y Podemos votaron en contra de la derogación.

[3] Trasponiendo la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior. Por el contrario, en algunos puntos el TC [STC 79/2017, de 22 de junio, STC 110/2017, de 5 de octubre, STC 111/2017, de 5 de octubre y STC 119/2017, de 31 de octubre] consideró que el principio de eficacia nacional, tal como había sido configurado por la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, era contrario al orden constitucional de distribución de competencias.

[4] Y, sin embargo, este economista fue introducido en la política por la actual ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

[5] La Ley 27.742, cuyo nombre oficial es Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, más conocida simplemente como “Ley de Bases” o  “Ley ómnibus”, aprobada el 12 de junio de 2024 por el Congreso de la Nación Argentina.

[6] Muy llamativo es el consejo ofrecido por Patricia Bullrich a Sturzenegger de elaborar proyectos sobre el supuesto de que los políticos lo sustentarán completamente, para evitar la autocensura.

[7] Que cuenta el día de hoy con su última actualización de 15 de octubre de 2024.

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