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Bitcoin jamás debería ser moneda de curso forzoso

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Ayer miércoles día 9 de Junio la asamblea legislativa de El Salvador aprobó una ley que declara Bitcoin como moneda de curso legal en el país.  Esto implica que todo ciudadano de El Salvador está obligado a aceptar Bitcoin como pago de cualquier deuda. También que el gobierno tiene la obligación de aceptar Bitcoin para el pago de cualquier tasa o impuesto.

En mi opinión, fuera de la relevancia o publicidad mediática que esto pueda tener, creo que desde un punto de vista estrictamente económico no es demasiado relevante. Como ya he explicado anteriormente, ser medio de pago no es lo que confiere valor a un activo. No es condición necesaria ni tampoco suficiente.   

Para que un activo como Bitcoin tenga valor, y teniendo en cuenta que no es una cosa que se pueda consumir, sino que se posee con el único propósito de intercambiarlo más adelante, la gente tiene que querer atesorarlo.  ¿Y por qué alguien querría atesorar Bitcoin?  Pues porque volatilidad aparte, pueda considerar que es un activo seguro en el concepto más amplio posible.  Es decir, te da seguridad en el sentido de que tu parte del pastel no se va a diluir porque la oferta total es fija, te da seguridad ante impago porque no tiene riesgo de contrapartida (no es una deuda), te da seguridad ante que un tercero pretenda confiscártelos o impedir que los atesores o los transmitas cuando lo consideres oportuno, etc.

Por tanto, que un gobierno obligue a sus ciudadanos a aceptar Bitcoin como medio de pago sirve de bien poco o incluso es contraproducente si quien tiene que aceptarlo no quiere o no necesita atesorarlo, pues lo que va a hacer según lo acepte es venderlo inmediatamente por dólares o por otra cosa.   Con lo cual, se está obligando por la fuerza a incurrir en unos costes de transacción que son innecesarios.

Por otro lado, la calificación de Bitcoin como moneda de curso legal por parte de un Estado sí podría tener implicaciones contables en otros países y en los distintos sistemas bancarios, pues al pasar a ser una divisa oficial, aunque sea extranjera, el tratamiento contable y regulatorio podría ser distinto y es posible que permitiera una mayor flexibilidad en la gestión de saldos de Bitcoin por parte de los departamentos de tesorería de las empresas y las entidades financieras.  En cualquier caso, aún es pronto para valorar estas implicaciones. Habrá que dejar a los especialistas en estas cuestiones que lo digieran para saber hasta qué punto es relevante para los demás países el hecho de que Bitcoin pueda tener el mismo tratamiento que cualquier otra divisa extranjera.

Sí que me atrevo a valorar como netamente positivo que El Salvador haya eliminado los impuestos de ganancias patrimoniales para Bitcoin.  También que el país se obligue a sí mismo a aceptar el pago en Bitcoin para abonar cualquier tasa o impuesto.

Pero creo que sobra totalmente el artículo 7 donde se obliga a los demás, a los ciudadanos, a aceptar Bitcoin. Si el gobierno quiere obligarse a sí mismo y dar ejemplo, estupendo, pero no veo por qué tiene que obligar a nada a los demás. Me parece un ataque inaceptable a la libertad de las personas, y además, la propuesta de Bitcoin es totalmente contraria a este tipo de cosas, pues su funcionamiento se basa en la voluntariedad de las partes, y en funcionar al margen de que nadie pretenda prohibir u obligar a usarlo.

“No creo que volvamos a tener un buen dinero hasta que se lo quitemos al Gobierno de las manos, es decir, no podemos quitárselo violentamente, todo lo que podemos hacer es introducirlo astutamente de tal forma que no lo puedan parar.”

F.A. Hayek, 1984

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