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Justificación neoclásica de la intervención pública

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La Economía es la ciencia que estudia los medios más eficientes de satisfacer unos fines humanos ilimitados empleando unos recursos escasos en relación con ellos. En consecuencia, no persigue juzgar la bondad de unos fines y medios adoptados por los individuos en virtud de sus preferencias personales, sólo indica si hay medios más eficientes de alcanzar tales fines empleando para ellos un conocimiento compuesto por axiomas autoevidentes, conocimientos individuales y experiencias históricas.

Cuando un individuo de profesión economista juzga deseable o indeseable algún tipo de medio o fin humano lo puede hacer empleando para ello bien sus propias ideas morales, que son sus ideas sobre lo bueno y lo malo, sobre lo que es preferible para sí y para los demás; u observando de forma estricta las leyes de la Economía. Cuando dicha moral individual ignora las leyes económicas y se institucionaliza ya sea por imposición de un líder o por presión colectiva, antes o después se ocasiona gravísimos perjuicios a los seres humanos, con lo que dichas medidas bienintencionadas pasan a ser dañinas y, a la luz de sus frutos, objetivamente inmorales.

Dadas estas circunstancias y con el objeto de conciliar la moral individual con la Economía se pueden hacer dos cosas: o bien muta la moral individual o bien mutan las leyes económicas. Esta última opción es imposible, pero se puede aparentar que dichas leyes avalan dicha moral mediante el empleo de modelos de estudio académico cuyas premisas son falsas.

Así, la escuela neoclásica de economía establece que una intervención pública está justificada siempre que exista un fallo de mercado, entendiendo por tal una ineficiente asignación de determinados bienes y servicios. La eficiencia es entendida aquí no como el cociente (output/input) de bienes y servicios, sino como el cociente entre bienestar individual y gasto individual. Por lo tanto la ineficiencia puede venir dada ya por la insuficiente generación de bienestar individual de una compra respecto a un ideal preconcebido, ya por la incapacidad de realizar tal gasto.

Se considera que existen tres circunstancias que empeoran dicho cociente –perjudican la eficiencia– respecto a un mercado considerado más o menos estándar: insuficiente competencia (monopolísticos y oligopolísticos), externalidades negativas y asimetrías de información. El objeto de la intervención pública sería inducir al mercado libre a adquirir características consideradas deseables para incrementar dicho cociente:

1. Mercados de competencia imperfecta

En realidad un economista no puede juzgar si el nivel de competencia que existe en un mercado determinado es mejor o peor, todo lo que le enseña la Economía es que un mayor nivel de competencia a menudo se traduce en una mejor asignación de recursos, no que una mejor asignación de recursos pueda ser obtenida mediante un incremento de la competencia en un mercado. La extensión de esta idea errónea ha llevado a considerar mejores aquellos mercados con un elevado número de competidores y, en consecuencia, defectuosos aquellos mercados con un número reducido de participantes, si bien se considera beneficiosa la existencia de ciertos monopolios denominados naturales y tolerable la de aquellos otorgados por patentes.

Otro problema radical de esta perspectiva reside en la diferente amplitud con que se puede definir el bien o servicio de cuyo mercado estamos hablando, de modo que un mercado puede ser de competencia perfecta y a la vez ser considerado monopolio. Este hecho ha dado lugar a la elaboración de la contradictio in terminis que es el concepto de competencia monopolística.

2. Externalidades, información asimétrica y bienes públicos

Una externalidad es el efecto positivo o negativo de la acción de un agente sobre otro ya sea en su propia persona o en sus propiedades. Son relevantes en Economía por cuanto las negativas afectan a otros sin estar asociadas, a menudo, a una compensación a la parte perjudicada, reduciéndose así la eficiencia de la economía (no suelen despertar igual interés las positivas precisamente porque se supone que una compensación reduciría la eficiencia de la economía).

Sin embargo aunque toda externalidad negativa suponga un perjuicio mayor o menor, no todas constituyen una lesión al derecho a la vida, la libertad y propiedad de los individuos o, en Economía, de los agentes implicados en un intercambio y por tanto no se deduce que cuando se da una externalidad negativa el Estado deba intervenir en forma alguna.

Un caso particular es aquel en que la externalidad se realiza sobre activos sin propietario. Bajo tal circunstancia el fallo no es del mercado, puesto que aquí falta uno de los agentes que debiera estar implicado en el intercambio.

Por último, un bien público es definido en la escuela neoclásica como todo bien cuyo consumo es no excluyente y no presenta rivalidad, como presuntos ejemplos tenemos la luz de un faro, las calles o la música callejera; en resumen, fuentes de externalidades positivas que pueden beneficiar a muchos que no realizan un pago a cambio. Ahora bien, ni la música callejera ha sido declarada bien público ni los faros, considerados entre otros por Pigou, Arrow y Samuelson como un ejemplo paradigmático de bien público, tienen que ser necesariamente financiados por el Estado, y el ejemplo histórico lo tenemos tan cerca como en Gran Bretaña, habiendo sido analizado de forma muy crítica hacia esos economistas por Coase. Por otro lado ni los correos, ni las autopistas ni la producción eléctrica tienen características de bien público, y las calles tampoco son un bien público puesto que quien acondiciona su comercio puede muy bien acondicionar su calle, algo que a día de hoy sucede con frecuencia en ciertas áreas comerciales.

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