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La (i)responsabilidad social corporativa

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La narrativa del empresario panzudo y engominado ha impregnado nuestro imaginario colectivo. Al mismo tiempo, nuestros empresarios compungidos por tales acusaciones han intentado purgar sus almas recubriendo su actividad de una responsabilidad que no es social y aún menos corporativa. La responsabilidad social corporativa, RSC, ha sido el elemento expiatorio de nuestros empresarios, que acomplejados y afligidos por una culpabilidad inocua, han teñido su actividad de la moralina de la responsabilidad.

La empresa ya es responsable

Durante las últimas décadas la RSC se ha instalado en cada eslabón de nuestra estructura productiva y se halla especialmente presente en aquellas etapas más cercanas al consumo. La RSC ha puesto patas arriba nuestra estructura productiva, convirtiéndose en un elemento crucial en el cálculo económico. Aquellos que afirman que cualquier actividad empresarial debe ser ejercida responsablemente, desconocen en su mayoría los fundamentos ideológicos que sostienen tal afirmación.

Dejando de lado otras cuestiones más profundas, encontramos que tales afirmaciones se fundamentan en el rechazo a la propiedad privada de los medios de producción y en la ilegitimidad de la plusvalía y el beneficio empresarial. Más allá de los evidentes pilares erróneos que cimientan la RSC, estas afirmaciones obvian que el empresario ya ha actuado responsablemente. En un contexto de libre mercado, la soberanía del consumidor es absoluta y el desarrollo empresarial sólo tiene lugar en la medida en que tal empresa satisface una necesidad con la mayor calidad posible y al menor precio posible. El consumidor hace relucir su guadaña y se deshace de aquellas empresas que no satisfacen sus necesidades. La mera existencia de una empresa nos informa de que ya ha participado de la satisfacción de una necesidad. La empresa no tiene una deuda con la sociedad, y no tiene obligación de actuar responsablemente.

La RSC como fin y medio

Según afirma Jesús Huerta de Soto (1992),

La función empresarial, en un sentido estricto, consiste básicamente en descubrir y apreciar las oportunidades de alcanzar algún fin o, si se prefiere, de lograr alguna ganancia o beneficio, que se presentan en el entorno, actuando en consecuencia para aprovecharlas.

Jesús Huerta de Soto

En un sentido más práctico, esta definición afirma que, con su particular perspicacia, el empresario hará uso del cálculo económico para asignar recursos (medios) a aquellos procesos productivos que respondan de la mejor manera a las necesidades (fines) de los consumidores. Si aceptamos las premisas de esta definición nos podemos dar cuenta del principal problema que subyace a la RSC. Desde el momento en el que tanto la oferta – a través de incentivos directos e indirectos, y regulaciones -, como la demanda – a través de regulaciones de precios y adoctrinamiento – son sesgadas y corrompidas por la coacción vertical estatal, el cálculo económico deviene ineficaz e ineficiente, creando descoordinación entre los agentes y en los procesos productivos.

Por ejemplo, concentrando recursos y esfuerzos en la producción de bienes responsables sin una demanda que lo sostenga o encareciendo otros bienes no responsables debido a la pérdida de productividad tras la mala asignación del capital productivo. El beneficio neto de la RSC sería negativo, al mismo tiempo que desconocido.

Politizar la pirámide de Maslow

Algunos defensores de la RSC contraargumentan que los medios y los fines son cambiantes y han evolucionado. Una vez cubiertas las necesidades fisiológicas, se podría dar el caso de que los consumidores fuesen atraídos por servicios o productos que cubran otras necesidades de otro orden más elevado, como pueden ser la necesidad de autorrealización o de valoración (como fue el caso de los productos orgánicos a partir de los años 2000). La RSC vendría a cubrir dichas necesidades, a través de bienes o servicios evidentemente más caros o de menor calidad, pero que aportasen estas características supuestamente apreciadas por el consumidor.

Dicho esto, la RSC puede ser pertinente y beneficiosa en el caso de que surja de una evolución natural (horizontal) de los fines individuales. El problema viene cuando la coacción (vertical) estatal distorsiona las señales del mercado e impone arbitrariamente su voluntad en favor de sus deseos políticos. Los fines y los medios no habrían cambiado naturalmente, sino coactiva y forzosamente. Los fines son siempre individuales, pueden ser compartidos, pero nunca sociales; los medios deberán satisfacer entonces los fines individuales que conforman a lo sumo los fines sociales.

Queda entonces por resolver la validez parcial o total de la información mediante la cual los agentes toman sus decisiones económicas en un contexto de economía intervenida. Lo que sí queda claro es que los empresarios honestos ya vienen purgados de fábrica, y que solo pueden ser y son responsables para con la sociedad.

Ver también

El objetivo de la empresa en las economías de mercado (I). (Luis Pablo de la Horra).

El objetivo de la empresa en las economías de mercado (II). (Luis Pablo de la Horra).

Responsables. (Alberto Illán Oviedo).

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