El mes pasado tuvimos ocasión de comentar el excelente libro de Juan Ramón Rallo, «Una revolución liberal para España». La verdad es que el libro está siendo un verdadero éxito. El Profesor lo ha presentado ya en Madrid, Barcelona y Sevilla. Ha acudido a entrevistas con los principales medios económicos, tanto liberales como no -Vozpopuli, LibreMercado, esRadio o elEconomista-. Además, recientemente hemos conocido la inclusión del Profesor en una «lista negra» de economistas enfrentados con este Gobierno. Señal inequívoca de que algo bien estará haciendo Juan Ramón.
El libro merece muchísimos comentarios. Tanto elogios como los que brindó un servidor o José Luis Ricón como matizaciones y críticas como la de Andrés Casas. Y sobre uno de los temas del libro querría yo volver a reflexionar: las ciudades «autónomas» que propone Juan Ramón en el libro al hilo de la consabida capacidad de votar con los pies que tanto han defendido diversos economistas en España (Diego Sánchez de la Cruz, Adrià Pérez, Carlos Rodríguez Braun, María Blanco, etc. Y la lista sigue).
El argumento es sencillo y es de meros incentivos. Si un gobernante aumenta los impuestos y cercena las instituciones privadas (de propiedad individual o de mano común) junto con la autonomía de la voluntad corre el riesgo de perder a su ciudadanía. Algo que ya estudió la Public Choice respecto de la fuga de cerebros y que en España ha traído como paradigma a la Comunidad de Madrid con sus mayores libertades y sus menores impuestos.
Sucede, no obstante, que votar con los pies no resulta sencillo a nivel personal. Algo que sí reflexiona Juan Ramón. Uno ha tejido una valiosa red de contactos en su lugar de residencia (capital social), cuenta con la institución de la familia (lo que Huerta de Soto diría que genera seguridad al individuo) e, incluso, tiene su mayor fuente de renta en su lugar de residencia (habida cuenta de que la diversificación de la procedencia de los flujos de caja para los ciudadanos es casi inexistente). Por ello, expone Juan Ramón, si las Administraciones son pequeñas, territorialmente hablando, se consigue ese doble efecto verdaderamente sano: el ciudadano puede votar con los pies con mayor facilidad al reducir el desplazamiento necesario y tiene a sus políticos más cerca para elevar sus protestas. Al cabo, y perdonen el simplismo del símil, es como cambiar de comunidad de vecinos porque te suben las cuotas a un nivel inasumible.
El problema viene no sólo auspiciado por este apego a la red de contactos tejidas y al lugar de residencia, el problema viene con la ley fiscal. Supuesto, obviamente, no contemplado en el libro del Profesor pero existente a día de hoy. La Hacienda Pública, perra vieja y sabia, ya ha previsto el sufragio con los pies y ha trabajado muy duro para evitarlo. Alguno pensará que tal trabajo es orientado a mantener a los ciudadanos en sus residencias con leyes fiscales más benévolas y sencillas. Pero nada más lejos de la realidad. El duro trabajo del legislador fiscal ha ido orientado a lograr que el ciudadano que abandona su territorio siga tributando y rindiendo cuentas ante el territorio que abandona. Veamos algunos ejemplos de semejante mordida:
- IRPF: La ley del IRPF considera residente y por tanto contribuyente del IRPF a todo aquel que resida más de la mitad del año en España o que perciba más de la mitad de sus rentas en España. Con que se dé una condición ya tributa. Es decir, el que emigra pero percibe todas sus rentas, verbigracia, por dividendos de El Corte Inglés, tributa por el IRPF. Pero hay un caso más sangrante. Supongamos que un individuo emigra a trabajar para ACS en Inglaterra. Las rentas del trabajo las paga la filial inglesa. Pero, según la ley del IRPF el contribuyente sigue residiendo en España salvo que haga un complejo papeleo. Porque para la Hacienda será un contribuyente ausente «esporádicamente». Pero si tal ciudadano, en vez de Inglaterra, acude a las Islas Caimán la cosa empeora mucho. Deberá probar fehacientemente la residencia en las Caimán durante más de medio año y después de probarlo durante ese año deberá esperar 4 años más. Si uno va hoy a las Caimán seguirá tributando por el IRPF hasta 2020.
- ISD: Si uno quiere que cuando muera se le aplique a sus herederos un impuesto de sucesiones como el de la Comunidad de Madrid deberá acudir presto al citado lugar. Con 5 años de antelación a su fallecimiento como mínimo. Si no, se le aplicará el maravilloso 30% andaluz, en caso de que uno sea sevillano.
- Impuesto de Sociedades: el abandono de la residencia fiscal debe ser por «motivos económicos válidos». ¿Cuáles son esos? Pues los que el burócrata de turno decida, como no podría ser de otra manera.
En fin, ejemplos similares los hay en patrimonio y otros impuestos. Evitando a toda costa ese voto con los pies. Tanto fuera de las fronteras españolas como a nivel intracomunitario entre distintas autonomías. Lo cómico de todo esto es que, una vez logra el individuo salir de España, seguirá tributando lo que perciba en rentas aquí por el Impuesto de la Renta de No Residentes.
Aún no hay comentarios, ¡añada su voz abajo!