Con la circunscripción única el electorado tendría poder sobre los diputados y sobre el conjunto del sistema.
La base de la representación en Cortes es el de un territorio acotado. Las Cortes de León (siglo XII) tenían tres estamentos, el tercero de los cuales recogía a los representantes de las ciudades. Desde el siglo XIII se reúnen en Inglaterra los representantes de las ciudades y de los condados (shire). En Alemania y en Suiza la base son las comunidades y cantones y en Italia los municipios (comuni). En Francia, el origen de la representación está en los municipios, y no es hasta el siglo XV cuando adquiere una base provincial. En muchos de estos casos, las elecciones resultaban en la designación de una única persona que representaba a su circunscripción. En Inglaterra es como se fijó el modo de elección, y se asumió en los Estados Unidos para la Cámara de Representantes, que es la que recogía el principio democrático.
En España, durante el siglo XIX, también se recurrió a la circunscripción uninominal. El sistema tenía muchas trampas y cayó en un gran descrédito. Pero las reformas de Antonio Maura lo limpiaron y democratizaron, aunque no a tiempo para salvar el sistema político de la Restauración. Durante la II República se utilizó un sistema electoral peculiar. Su objetivo era erradicar el caciquismo, por lo que descartó la circunscripción uninominal sobre la base de distritos electorales. La base de su sistema era la provincia, aunque dos de ellas (Madrid y Barcelona), se dividieron dado su tamaño. Y por cada circunscripción se podían elegir de 1 a 19 representantes, con un sistema de asignación que favorecía abrumadoramente las mayorías.
Con la segunda restauración se eligió un sistema electoral pensado en favorecer a los partidos. Y, en particular, a las cúpulas dirigentes de los partidos. España iba a estrenar una democracia después de 36 años de dictadura. Francisco Franco, que aborreció muy pronto el sistema de partidos, acabó con los pocos partidos que sobrevivieron a su régimen unificándolos en uno solo. Había cierto temor al comportamiento de una sociedad que, en su mayoría, no había vivido una democracia. Y se quiso cubrir cualquier riesgo derivado de ello con un sistema que le otorgaba el poder a la cúpula de los partidos.
Así, se amplió el distrito electoral a las provincias (con la excepción de Ceuta y Melilla), de modo que en cada una de ellas se eligiese entre las listas presentadas por los partidos. Para realizar la asignación se optó por la Ley D’Hondt, que favorece a los partidos mayoritarios. Este sistema es perverso. Quién está en las listas y, por tanto, quién tiene la posibilidad de convertirse en diputado, depende de la dirección de los partidos. La realidad es que son ellos quienes eligen a los diputados. Lo que le queda a los electores es sancionar con su voto esa elección, y decidir dónde se produce el corte de cada una de esas listas. Esto le otorga el poder a los partidos, que se permiten incluso la obscenidad de sancionar a los diputados que voten en un sentido diferente o contrario a sus indicaciones.
Así, pese a que el sistema político español es parlamentario y es la Cámara Baja la que elige al presidente, en realidad los españoles no votan a unos representantes que, a su vez, elegirán al presidente. El sentido de voto de éstos está totalmente comprometido; los electores lo entienden así, y ven el proceso electoral como la votación de un colegio de electores que a su vez elegirán al presidente. Es decir, un sistema parecido, en este sentido, al de los Estados Unidos.
Con la diferencia, claro, de que ese colegio electoral tiene capacidad legislativa. Lo que no cambia es que quien elige a los diputados no son los votantes sino la dirección de los partidos. Identificar votante con elector es la gran mentira del sistema político español. Para cada voto, quien decide qué hará cada uno de los diputados es el grupo parlamentario, según las directrices marcadas por el partido. Es más, en el caso del partido que apoya principalmente al gobierno, es el propio Ejecutivo quien dictamina las directrices políticas, que el partido vocea y el grupo parlamentario traslada a la Cámara. De este modo, una institución que tenía que controlar al Ejecutivo al final es controlada en la práctica por éste.
El sistema electoral, por tanto, favorece la captación del gobierno por el partido mayoritario. Pero también favorece la ocupación del resto de las instituciones, incluyendo aquéllas que, como el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional, deberían ser independientes y controlar entre otras instituciones al Gobierno. También ocupan otras instituciones que tienen como misión específica fiscalizar a la Administración, como el Tribunal de Cuentas, o velar por el funcionamiento del mercado, como la CNMV. Esta ocupación de las instituciones por los partidos no se ha frenado con el desarrollo autonómico sino que, por el contrario, los gobiernos regionales han ampliado el territorio colonizado por las formaciones.
Así, el único poder que tienen los electores es, en su conjunto, cambiar el reparto de escaños de modo que se mantenga o se expulse al gobierno. Pero entre elección y elección su influencia es muy poca.
Un sistema de circunscripciones uninominales, o de diputados de distrito, cambiaría la lógica del sistema por completo. En esos países que, como en los Estados Unidos, Gran Bretaña o Francia, entre otros, a cada diputado (o representante) le ha elegido una circunscripción, el poder de los electores es mucho mayor. Los diputados le deben al partido su apoyo económico y el de su marca, pero quienes le han elegido son los votantes. Por otro lado, para una campaña de un ámbito pequeño (en el caso de España las circunscripciones rondarían poblaciones de un orden de magnitud de 100.000 personas) se necesitaría una cantidad de dinero que facilitaría la presentación de candidatos independientes, algo que el actual sistema veta por completo.
Por otro lado, puesto que son las direcciones del partido quienes eligen a los diputados, se favorece una cultura política de élites (o, más bien, de poderosos) que se autoperpetúan, y no de una democracia interna. Sin embargo, con las circunscripciones uninominales se favorece lo contrario. A los partidos les interesa que la elección de los candidatos caiga bajo su manto, y no se presente un candidato del mismo ámbito político como independiente. Es decir, favorece la democracia interna.
La lógica de la apropiación de las instituciones en parte se quiebra. Porque el electorado, en España, aunque esté indignado con esta situación, no tiene modo de revertirla. Con un sistema de circunscripción única sí tendría poder sobre los diputados y, por esta vía, sobre el conjunto del sistema. Los argumentos a favor del diputado único de distrito son muy poderosos.
1 Comentario
Para que el representante
Para que el representante obtenga la más completa legitimidad tiene que representar a más del 50% de los electores lo que hace aconsejable la segunda vuelta entre los dos primeros. Sino puede ser que un representante salga elegido con un 20% de los sufragios. La separación de poderes debe quedar meridiana mediante la separación de la elección de los representantes en los tres poderes, una para diputados, otra para el presidente y otra para los vocales del Consejo General del Poder Judicial.