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No bloquean Telegram, pero el peligro de la propiedad intelecutal sigue vivo

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Un juez de la Audiencia Nacional ordenó que se bloquease de forma cautelar en el estado español la aplicación de mensajería instantánea Telegram porque se distribuyen contenidos con propiedad intelectual. Luego rectificó, pero el peligro sigue existiendo. La idea de propiedad intelectual es un mito que permite a los legisladores un poder casi infinito ya que, al legislar sobre un concepto tan vago y abstracto, permite aplicar control sobre cualquier aspecto de la vida de los individuos.

Además, es tan sencillo saltarse un bloqueo como el de Telegram, que esta sentencia era inaplicable. Por lo tanto, no sólo nos encontramos ante una sentencia que afectaba a 8,5 millones de usuarios, independientemente del uso que le den a esta aplicación, sino que supone una pérdida de confianza a las leyes españolas.

Debate en la UFM

El pasado 2 de marzo participé en un debate en la Universidad Francisco Marroquín sobre la propiedad intelectual, defendiendo una postura contraria a la legislación de eso que llaman la “propiedad intelectual”.

Acabé mi exposición de motivos con cinco puntos, que me servirán como guía para analizar la amenaza de secuestro a Telegram:

  • Al legislar un mito, se le está dando la potestad al legislador para que legisle sobre cualquier cosa.
  • Al legislar para fomentar la innovación, se le está dando la potestad al legislador para que legisle sobre la economía.
  • Al legislar un mito, se le está dando la potestad al poder legislativo para que determine partidas presupuestarias para financiar el mito.
  • Al legislar un mito, que acarrea otros mitos, se le está dando la potestad al poder legislativo para que legisle, y determine partidas presupuestarias, sobre otros mitos derivados.
  • Y, porque, al legislar sobre lo ilegislable, se crean leyes innecesarias y, como dijo el Padre Juan de Mariana:

Las leyes son muchas en demasía, y como no todas se pueden guardar, ni aún saber, a todas se pierde el respeto”.

La propiedad intelectual como mito

En otro artículo analizaré más detenidamente los problemas que supone la propiedad intelectual. Ahora me centraré en el caso de Telegram y simplemente dejaré aquí unas pinceladas sobre por qué no puede existir eso de la propiedad intelectual. El intelecto, o las ideas, no pueden tener propiedad, porque no puede haber escasez de ideas. El hecho de que A tenga una idea y se la transmita a B, no convierte a A en menos poseedor de la idea, sino que esa idea ahora la tienen A y B. Además, el hecho de que A replique la idea de B, le puede beneficiar en dos motivos:

  1. Una idea nunca está sola. Si A, aporta una idea a B, pasa a ser parte del acervo de B, que la conjuga con el resto de sus ideas y, cuando B se la devuelve a A, no le devuelve exactamente la misma idea, sino interpretada y conjugada con otras de las ideas de B. Si A la incorpora a su acervo es porque la modificación de B es, subjetivamente, valiosa para A. Por lo tanto, A, o no pierde, o gana aportando ideas a B.
  1. Si A toma una idea de B, y la replica, le está homenajeando. Si no le cita, no pierde nada, pero si le cita, está influyendo en aquellas personas a las que envía su interpretación de esa idea y hace que, subjetivamente, para aquellas personas que puedan estar de acuerdo con la idea original o con la interpretación, el acervo de A adquiera mayor valor. De nuevo, o no pierde, o gana.

Ni mucho menos mortis causa

Además, como defendía Roberto Santos cuando batallábamos contra las patentes de software: no puede considerarse propiedad a algo que no puede transmitirse ni inter vivos, en iguales condiciones que “lo” original ni, mucho menos, mortis causa.

Las ideas no son equivalentes ni intercambiables. Un saco de trigo lo podemos intercambiar por otro saco de trigo. Una furgoneta y una motocicleta, no son el mismo bien, pero en determinadas circunstancias pueden ser intercambiables. Sin embargo, la idea de que “la suma de los cuadrados de los catetos es igual al cuadrado de la hipotenusa” no es intercambiable por la idea de que “un soneto es una composición poética de catorce versos endecasílabos distribuidos en dos cuartetos y dos tercetos”.

Las propiedades son bienes escasos y rivales, que pueden ser poseídos, transferidos y excluidos por sus dueños. Las ideas son bienes abundantes y no rivales, que pueden ser compartidos, difundidos y mejorados por muchas personas sin que nadie las pierda. Por lo tanto, “propiedad intelectual” es una contradicción en los términos. Sin embargo, diversos códigos legales lo recogen. Veamos por qué.

El estado como creador de monopolios

La propiedad intelectual es una restricción al mercado y a la competencia al otorgar derechos exclusivos sobre las obras, se impide que otras personas desarrollen productos o servicios similares o derivados. Esto limita la innovación y la creatividad, y perjudica a los consumidores, que tienen menos opciones y precios más altos. Además, la propiedad intelectual crea monopolios artificiales, que distorsionan el sistema de precios.

Lo vimos muy claramente cuando se impuso el canon digital, una sanción a todo el que compre un producto que se pueda usar para copiar obras, independientemente del uso que se le de a este producto.  O, como en el caso de Telegram, de las herramientas usadas para distribuir información. Con Telegram secuestrado, no se podrá distribuir material protegido, pero tampoco los enlaces a las páginas o canales de Youtube de los creadores, por lo que se sanciona tanto al potencial receptor de esas obras como a los autores, especialmente, a los autores independientes.

Patentes sobre los medicamentos

Veamos el caso de las patentes sobre medicamentos, donde se conjugan dos mitos, la propiedad intelectual y la salud pública:

  1. Las restricciones a la investigación y desarrollo de nuevos fármacos dificultan la producción de nuevos medicamentos o el abaratamiento de los ya conocidos.
  1. Las restricciones y la burocracia eliminan del mercado a todos aquellos investigadores independientes o empresas pequeñas que no pueden asumir los costes legales, administrativos y burocráticos para poder competir en un mercado regulado.
  1. Estas restricciones condenan a la muerte o a enfermedades a seres humanos, lo cual es grave, pero, sobre todo, a los más pobres, lo cual lo convierte en mucho más grave, porque no condena sólo al enfermo, sino también a su entorno.

Por lo tanto, las leyes de propiedad intelectual desincentivan la producción, al generar el temor a la

incertidumbre, lo que lleva a actuar como si realmente hubiera escasez de ideas. ¿Qué motivación puede llevar a un boticario a investigar si sabe que cuando intente ayudar al prójimo poniendo sus descubrimientos en el mercado, le van a denunciar por violar patentes? ¿Qué motivación va a tener alguien en ayudar al prójimo si va a tener que invertir un dineral en abogados y burocracia?

La propiedad intelectual, una censura cobarde

Los gobiernos y sus entidades satélite, como la SGAE, aparte de la censura, que puede ser contraproducente para los censores por estar socialmente mal vista, pueden invertir grandes cantidades de recursos y usar la fuerza para condicionar la creación y distribución de obras.

Nadie crea ex nihilo, sino que toda idea o toda creación surge de alguna previa, bien sea evolucionando algo anterior o pensando contra algo anterior.

Tampoco las cadenas de televisión denunciantes, que se nutren de contenidos de terceros, con programas o secciones en programas sobre contenidos de redes sociales. Pero tienen un condicionante grave, y es que cobran subvenciones públicas. Y lo que es peor, lo que cobran del estado es una cantidad ridícula. Por ejemplo, Atresmedia generó unos ingresos de 971,4 millones de euros, según información ofrecida por la propia cadena, de los cuales, sólo 12,51 millones fueron del gobierno (un 1,29%).

Con la denuncia de Atresmedia, MediaSet y Movistar Plus por presunto uso no autorizado de contenido audiovisual sometido a derechos de autor, la amenaza del bloqueo a Telegram conlleva un peligro mayor que no poder usar esta aplicación, que es el monopolio de la información por parte del gobierno.

Control al mercado de la información

Cervantes no lloriqueó a los tribunales cuando Avellaneda publicó su Quijote. Su respuesta fue publicar la Segunda parte del ingenioso caballero don Quixote de la Mancha. Ofrecer un mejor producto al mercado y que, además cerrase la posibilidad de que Avellaneda, o cualquier otro, pudiera escribir una continuación.

Quizá podrían otros autores escribir obras derivadas, como hicieron Camón Aznar o Pedro Centeno. Incluso Tarantino copia ideas de Don Quijote, especialmente, en Django desencadenado. Pero ya se encargó Cervantes con el final de su segunda parte que el lector siempre sepa que es una obra derivada.

Es decir, en ausencia de proteccionismo estatal, es el mercado el que se regula solo, creando los mecanismos no sólo para la libre distribución de las ideas, sino que los autores son los que se preocupan de protegerse a si mismos.

La pérdida de respeto a las leyes

Las leyes de propiedad intelectual no son naturales ni universales, sino que son cambiantes en el tiempo y en el espacio, por lo que favorecen a los intereses de ciertos grupos, normalmente, los más cercanos al gobierno de ese territorio en ese momento.

La propiedad intelectual ha llevado al aumento de litigios, en los que las disputas legales se centran más en proteger derechos que en fomentar la creatividad y la innovación. De nuevo, estos litigios a quien más favorecen son a aquellos que pueden permitirse el lujo de litigar. En el caso de un autor que hace, por ejemplo, un fanfilm basado en algún personaje con derechos de autor, si entra en juicios contra la productora, se va a encontrar en una asimetría en la cantidad de recursos que puede disponer para esos litigios. Lo cual desincentiva a la hora de producir obras.

La misma asimetría que se encuentra un youtuber que usa un contenido de Atresmedia frente a Atresmedia cuando usa contenidos de youtubers. ¿Acaso tiene en los tribunales las mismas posibilidades de ganar un generador de contenidos independiente que una empresa que mueve casi mil millones de euros al año?

En el caso de la orden judicial para el bloqueo de Telegram, tenemos una derivada más siniestra todavía. Y es que es imposible hacer cumplir ese bloqueo. Para poder controlar el acceso a una herramienta como Telegram, el juez que dictaminó el secuestro tuvo que pedir a los proveedores de internet que bloqueasen el acceso a Telegram.

Sortear el bloqueo a Telegram

Al no haber sido efectiva dicha sentencia, nunca podremos saber si con soluciones sencillas como cambiar los servidores DNS, usar un servidor proxy o con un DNS inteligente (DNS+proxy), podría haber valido para saltar la restricción estatal, pero lo que ningún juez español puede controlar son otras situaciones, como:

Uso de VPNs por parte de los usuarios: una VPN o Red Privada Virtual es como un túnel seguro en Internet. Imaginemos Internet como una carretera pública por donde circulan todos los datos. Una VPN crea un camino privado dentro de esa carretera grande, donde los datos pueden viajar protegidos y ocultos, evitando que otros los vean o accedan a ellos.

Cuando usamos una VPN, la conexión a internet se redirige a través de un servidor especial de la VPN. Esto hace que parezca que el usuario está accediendo a internet desde una ubicación diferente, lo cual inutiliza el bloqueo de los proveedores de acceso a Internet.

Red Tor: Aunque más lenta, la red Tor ofrece una alta privacidad y puede ayudar a evitar bloqueos de ISP.

Túneles SSH: establecer un túnel cifrado entre el equipo del usuario y un servidor remoto SSH fuera de la restricción judicial.

Otras herramientas, como Discord.

Antes fueron leyes que reyes

Imponer una restricción que no se podía hacer cumplir, lo que conlleva es un debilitamiento de la percepción subjetiva de las normas. El hecho de que haya tenido que rectificar conlleva un mayor debilitamiento de esa percepción subjetiva de las normas. Esto tiene una parte buena, que es el debilitamiento de la tiranía. Vuelvo a Mariana: 

El poder de los príncipes es débil cuando dejan de respetarlo sus vasallos.

Juan de Mariana

Pero otra parte mala, que es la normalización del incumplimiento de las normas. Aunque actualmente en España vivamos en un sistema con un enorme poder por parte del gobierno, no todas las leyes tienen origen tiránico. Como decía el fuero de Sobrarbe:

Antes fueron leyes que reyes.

El problema de que a todas se les pierda el respeto es que en ese “todas” están también las que garantizan una convivencia pacífica, la propiedad, la integridad y la vida.

Ver también

La propiedad intelectual como ‘derecho social’. (Albert Esplugas).

Ideas inapropiables. (Albert Esplugas).

Cuatro siglos de propiedad intelectual. (Antonio José Chinchetru).

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