Hace unos meses tuve la ocasión de acudir a un seminario que tenía como objeto el estudio del medio ambiente. El curso duró varios días, en los que se habló largo y tendido sobre la apartados habituales en los que se suele dividir dicha materia, como la flora, fauna, ecosistema, contaminación, vertido, residuo, etc. Mientras que los contenidos técnicos me sorprendieron gratamente, a la hora de analizar las causas de los problemas medioambientales, me extrañó bastante que la persona que dirigía el curso no le diese ninguna importancia a la titularidad de los bienes que solían tener más problemas de contaminación.
A la hora de analizar el problema de la contaminación, recuerdo que la conferenciante lo atribuía a los males de la llamada «sociedad de consumo». Cuando le pregunté que si podía explicar un poco más este concepto afirmó que las empresas forzaban a sus clientes a comprar productos que no necesitaban, con el fin de elevar sus beneficios, y que para producirlos necesitaban emplear una gran cantidad de materias primas y fuentes de energía, lo que conducía a la contaminación.
Como quiera que no terminaba de ver la relación causa-efecto que me intentaba dibujar, le pregunté que si no consideraba significativo el hecho de que las mayores catástrofes naturales y los mayores índices de contaminación se produjesen en bienes cuya derecho de propiedad era de alguna manera débil. Para ilustrar mi afirmación le expuse algunos ejemplos. Los accidentes marítimos se producen en mares y océanos, que son de titularidad pública. Lo mismo ocurre con la contaminación atmosférica ya que el aire es de dominio público, o con los vertidos en aguas subterráneas o superficiales (que son propiedad de las distintas administraciones públicas). Sin embargo es bastante más infrecuente encontrarse con casos de contaminación significativos en terrenos privados.
Como se pueden figurar no llegamos a ningún acuerdo común la conferenciante y un servidor, aunque me asombró cuando me consideró uno de los participantes del seminario que más ideas nuevas le había aportado. Pese a nuestro desacuerdo, su intervención me sirvió para reflexionar sobre la falsa creencia existente en muchas personas que vincula la contaminación al sistema de libre mercado, cuando precisamente la propiedad privada es uno de los mayores aliados que tiene el medio ambiente.
Pensemos por ejemplo en el simple hecho de tirar un papel al suelo. Para cualquiera de nosotros sería inconcebible ver como alguien realiza este acto en nuestra casa o en la de una persona que nos haya invitado a pasar. No obstante, podemos estar seguros que la situación anterior de respeto a la propiedad ajena no se produce cuando pisamos una calle pública, donde cualquiera habrá podido observar a viandantes realizando este acto con la mayor normalidad del mundo. La razón por la que sucede esto es precisamente por el ejercicio del derecho de exclusión que lleva aparejado la propiedad de un bien privado. Si una persona procede a tirar basura en un bien propiedad de otro particular, con casi toda certeza el titular del mismo acudirá a ejercer su derecho de uso exclusivo, prohibiendo el paso a la persona que trata de ensuciarle el bien. No obstante, no ocurre lo mismo con las propiedades públicas, ya que la indefinición de su titularidad provoca una menor preocupación por la situación del bien.
El motivo de esta vigilancia que ejerce el propietario de un bien sobre éste no es otro que la preocupación por la posible pérdida de valor del mismo. El titular del bien quiere que éste mantenga o aumente su valor a lo largo del tiempo. La propiedad de un bien implica dedicarle tiempo, dinero y esfuerzo. Y lógicamente a su propietario le inquieta que se produzca un deterioro en el mismo, que es básicamente lo que ocasiona la contaminación. Por tanto un bien privado tiene el mejor guardián posible para tratar que la contaminación en el mismo sea lo menor posible, su propietario.
Es factible que el propietario del bien, por el motivo que sea, no se preocupe del estado del mismo, y deje que éste se contamine. En sí no se trata de un deterioro medioambiental preocupante, ya que si los dueños de las zonas colindantes sí que pueden estar interesados en el estado de su propiedad, por lo que existe un límite a la contaminación, la propiedad original. En el momento en que la contaminación sobrepasa los límites de la posesión en que se originó, los demás afectados pueden exigir el cobro de una compensación que repare los daños causados a sus bienes.
Esto no quiere decir que la contaminación en terrenos privados no vaya a superar jamás los límites de la propiedad. Sin embargo sí que garantiza un mayor cuidado por parte de los propietarios, al tener que responder ante terceros de los daños ocasionados por su dolo o negligencia. Y esta responsabilidad, al poderse demandar ante los tribunales mediante la exigencia de compensaciones e indemnizaciones, se transforma en una mayor preocupación por el estado de los bienes de los que un propietario es titular.
Por tanto, la propiedad privada no es enemiga del medio ambiente, sino que al revés, se convierte en una de las mejores garantías existentes para reducir la contaminación y conservar el medio natural.
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Muy de acuerdo.
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