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Explotados y explotadores

Publicado en Libertad Digital

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El libro blanco para la reforma del sistema español de defensa de la competencia se encuentra en audiencia pública hasta el 20 de marzo. Por eso es un momento idóneo para comentar las principales novedades que presenta y proponer posibles alternativas.

El objetivo principal del proyecto del ministerio de economía es reforzar los instrumentos para luchar contra las prácticas que supuestamente más restringen la competencia y que de ese modo lesionarían el bienestar general. Para conseguirlo se pretende incrementar los poderes para la investigación e inspección de las actividades y empresas sospechosas. Asimismo se plantea el refuerzo y reestructuración del sistema de control de las concentraciones. Por último, cabe destacar que se propone llevar a cabo una constante evaluación de los efectos sobre la competencia de las ayudas públicas.

El problema de la lesión del bienestar general por las supuestas restricciones de la competencia no es más que una ilusión y, en realidad, suele consistir en todo lo contrario. Cuando nuestros queridos reguladores nos hablan de competencia perfecta no se refieren a la libre competencia sino a sus irreales modelos de competencia perfecta. En ellos no existe emulación o concurrencia porque todas las empresas venden el mismo producto y lo hacen al mismo precio. Si de sus bocas sale la expresión restricción a la competencia se están refiriendo a las concentraciones, las bajadas de precios, las restricción voluntarias en la producción propia, la venta de un conjunto de productos o a la mera existencia de una sola empresa en un mercado, y no al uso de la coacción para evitar la entrada de nuevas empresas en ese mercado.

Sin embargo, el hecho de que sólo exista una empresa en un mercado no es un motivo suficiente para afirmar que nos encontramos ante un monopolio. Cualquier nuevo producto tiene un único oferente y, además, depende de la percepción subjetiva de los consumidores considerar un producto diferente o sustitutivo de otros productos que tratan de satisfacer necesidades similares.

La venta conjunta de varios productos difícilmente puede considerarse como una restricción de la competencia. La inmensa mayoría de los productos que se venden en el mercado son el fruto de la unión de varios productos. El vendedor debería estar en su derecho de vender cuantos productos quiera de manera conjunta. Después será el comprador quien decida si le parece que la venta de esos productos a modo de paquete es preferible -o no- a la venta por separado de esos mismos bienes o servicios.

La restricción de la producción tampoco sirve de guía para identificar una empresa que realiza prácticas monopolísticas por cuanto el regulador jamás podrá saber si ésta se debe a un intento de reducir la producción de un producto sin sustitutivos cercanos para el consumidor o el pase de una situación productiva subóptima a una situación óptima. Y si en efecto el productor tratara de reducir la producción para incrementar el precio de un producto muy estimado por el consumidor, debería de estar en su pleno derecho pues no hace sino lo que tratamos de lograr todos: vender nuestros bienes o servicios al precio más elevado y pagar el precio más reducido posible por los que compramos.

Las reducciones en el precio de un producto para ganar cuota de producción en la industria y, en última instancia, hacerse con todo el mercado, lejos de ser una actividad contraria a la competencia es la más representativa esencia de una empresa que trata de competir y superar a las demás ganándose el favor del consumidor y, por lo tanto, considerarla lesiva para el bienestar general parece una retorcida visión de la realidad.

Incluso los tan temidos acuerdos entre empresarios para no hacerse la competencia en determinadas situaciones o mercados deberían de ser lícitos siempre y cuando exista libertad de entrada en esa industria. No sólo porque cada uno debe tener derecho a acordar con otros hasta dónde se hace la competencia sino porque, como ya observara Adam Smith, perseguir ese tipo de prácticas otorga al poder político excesivos poderes.

Del mismo modo, las concentraciones constituyen acuerdos legítimos por los que dos o más partes renuncian a su independencia como empresa y pretenden mejorar sus productos a los ojos de los potenciales demandantes a través de la unión y no, como se pretende presentar, maliciosas agresiones contra el consumidor perpetradas por perversos empresarios sin escrúpulos.

Incrementar los poderes para la investigación e inspección de las actividades y empresas sospechosas de llevar a cabo estas actividades constituye un ataque frontal a los intereses de los consumidores. Pero sobre todo, esta propuesta del Libro Blanco constituye un incremento de la restricción a la libre competencia por lo errado de los principios en los que se fundamenta.

Por último, la idea de evaluar de los efectos sobre la competencia de las ayudas públicas o bien son una inocentada o una tomadura de pelo en toda regla. Y es que en lugar de eliminar la fuente más importante de distorsión de la competencia en el mercado –las licencias restrictivas y las ayudas públicas-, se crearán nuevos departamentos y plazas para funcionarios que dediquen su tiempo y nuestro dinero a estudiar cómo cargarse la libre competencia con todo tipo de medidas intervencionistas que protejan un ilusorio e irreal modelo de competencia perfecta.

Las leyes de defensa de la competencia no solo están pervertidas debido a la espuria teoría neoclásica del monopolio sino que nunca han tenido por objetivo la defensa del libre mercado ni los intereses de los consumidores. Muy al contrario, su origen en los estados centrales de los EEUU a finales del siglo XIX fue el resultado de la concesión de privilegios al lobby de los ineficientes agricultores y ganaderos de estos estados frente a los modernos y competitivos centros de producción que en aquellos momentos florecían cerca de la ciudad de Chicago. De aquel infausto episodio en el que el consumidor fue el gran derrotado surgió la ley Antitrust de 1890 conocida como Sherman Act. Desde entonces, un sinfín de productores incompetentes han usado esa legislación y sus sucesivos retoños para parar por la fuerza a los competidores eficientes no eran capaces superar a la competencia a través de una mejor relación calidad-precio de sus productos.

Desde entonces y hasta hoy la maraña de leyes que perjudican al consumidor y a la libre competencia en nombre de una perfecta competencia que sólo privilegia a productores incapaces de ofrecer lo que el público quiere, constituye la práctica restrictiva de la competencia por excelencia. Según este desbarajuste legal cobrar más que los demás es aumento ilegal del precio, cobrar menos, competencia desleal y cobrar lo mismo que otros confabulación. No hay seguridad jurídica para quien realmente quiere competir porque con este equivocado concepto de competencia los empresarios innovadores y competitivos están al albur de cómo se despierte el regulador de turno. Por eso, lo mejor que podría hacer este gobierno si de verdad quiere defender la competencia sería abolir la legislación de “defensa de la competencia” y todos sus tribunales, revocar las licencias que restringen la entrada o la salida en los diversos mercados, suspender las subvenciones y ayudas públicas a cualquier sector o sociedad, privatizar las empresas públicas y desposeerlas de sus privilegios, y exponer este Libro Blanco como muestra histórica del último intento de agresión contra el consumidor y el emprendedor. Así, el proyecto cobraría una importante dimensión educativa en defensa de la libre competencia.

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