El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas e incautaciones arbitrarias será inviolable, y no se expedirán al efecto órdenes que no se apoyen en una causa probable, corroborada mediante juramento o declaración solemne, y describan el lugar que ha de ser registrado y las personas o cosas que deben ser detenidas o embargadas.
La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, perteneciente al Bill of Rights, garantiza los derechos de los ciudadanos contra ciertos abusos del poder. Todos encontraríamos inadmisible que la Policía pudiera entrar en nuestras casas "porque sí", porque al oficial de turno le ha dado la gana. El reciente caso del sheriff de Coslada es un recordatorio de los riesgos a los que nos enfrentamos de conceder demasiadas facilidades a las fuerzas de seguridad, especialmente en un país como el nuestro en que se les ha otorgado el monopolio de la posesión de armas de fuego.
En Europa, con lo mucho que ladramos por ciertas leyes norteamericanas que pueden suponer abusos sobre ciertos derechos básicos, carecemos de protecciones como esta enmienda constitucional, de modo que resulta mucho más sencillo para los gobernantes imponer violaciones de nuestros derechos y realizar "incautaciones arbitrarias" de nuestras "personas, domicilios, papeles y efectos". La Unión Europea aprobó una directiva en 2005 que exigía a los parlamentos nacionales que implementaran un sistema de retención de datos, algo que, con un nombre así, suena hasta inofensivo. Pero no lo es.
El Reino Unido acaba de volver a poner de actualidad qué significa en realidad. Bajo su plan, la policía dispondrá de una base de datos donde anotarán qué hacemos en internet, que sitios visitas, qué correos enviamos y a quién, qué llamadas hacemos y a qué números. Para entrar en esa base de datos no es necesario haber cometido delito alguno; basta con vivir en las islas o incluso pasar por allí de visita. Las operadoras de telefonía y los proveedores de acceso a internet estarán obligados a dar esos datos a las autoridades, que los almacenarán durante doce meses. Se supone que sólo accederán a ellos cuando un juez lo ordene. Claro. Y el sheriff de Coslada sólo visitaba los establecimientos de la localidad cuando denunciaban un robo.
Estos datos permitirán a las autoridades crear una suerte de perfil digital de cada uno de nosotros. Sin duda, tendrá cierta utilidad a la hora de luchar contra cierto tipo de delincuencia, aunque no parece que sea tanta como para justificar semejante pérdida de nuestros derechos. Fíjense si no el mal uso que se ha dado en la investigación del 11-M a los datos de las llamadas telefónicas realizadas por los condenados y por los muertos de Leganés. Luis del Pino podría escribir un libro entero sólo con las inconsistencias y contradicciones de la investigación referidas a los números, terminales y tarjetas SIM. A la hora de la verdad, resulta dudoso que disponer de los datos de hace doce meses de un sospechoso tenga utilidad ninguna.
Piensen, sobre todo, en manos de qué Gobierno estamos y de quién ostenta ahora mismo los ministerios de Defensa e Interior. ¿Confían en él para almacenar datos personales, que afectan a su intimidad? Yo tampoco. Y sin embargo, el año pasado se aprobó en España la "ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones", que obliga a las empresas a almacenar esos datos y dárselos a las autoridades cuando un juez así lo autorice. Mientras, esos datos personales se almacenan, expuestos a fugas, cotilleos indiscretos y todo tipo de abusos. ¿Se siente más seguro? Yo tampoco.