Éste bien podría ser el resumen de la nueva Ley Antitabaco aprobada por el Gobierno socialista a través de su ministra de Sanidad, Leire Pajín. El resto del articulado, simplemente, sobra, ya que tan sólo enumera toda una amalgama de restricciones absurdas, arbitrarias y jurídicamente deleznables con el fin de limitar hasta el extremo el derecho a fumar tabaco más allá de la vivienda particular.
Señores, bienvenidos al comunismo tabaquil. Y es que la legislación antitabaco, lejos de regular el derecho o no de un individuo a tragar humo –propio o ajeno– como, por ejemplo, la prohibición de fumar a los menores, vigente en numerosos países, invade de forma creciente y violenta la propiedad privada de cada sujeto, y ya no sólo de su cuerpo sino también de sus bienes.
Así, tras casi 20 años de prohibicionismo sobre esta materia, las distintas leyes promulgadas en España para limitar este hábito han ido conquistando, sin prisa pero sin pausa, ámbitos privados que hasta hace poco se pensaban intocables: la primea ley (1988) prohibió fumar en colegios y hospitales; en 1992 comenzó la restricción en los aviones (vuelos de menos de 90 minutos); en 1999 se prohibió totalmente en aviones y autobuses; desde 2006, se extendió a todos los lugares de trabajo (empresas privadas y administraciones públicas) y se restringió en bares y restaurantes de más de 100 metros cuadrados, entre otros, tales como estaciones, trenes, barcos, taxis…
Pero es ahora cuando la nueva Ley Antitabaco rozará su plenitud. A partir de 2011, el Gobierno amplía los espacios libres de humo a bares y restaurantes, parques infantiles (aire libre), las proximidades de ambulatorios, hospitales y colegios (aire libre), aeropuertos, autobuses turísticos y hasta coches particulares –siempre y cuando viajen menores de edad–. Además, la norma añade un nuevo apartado por el que "se prohíbe en todos los medios de comunicación […] la emisión de programas o de imágenes en los que los presentadores, colaboradores o invitados […] Aparezcan fumando […] Mencionen o muestren, directa o indirectamente, marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos identificativos o asociados a productos del tabaco".
Traducido a román paladino, el Estado, bajo la excusa de proteger a los fumadores pasivos, restringe aún más la libertad de empresarios y particulares a la hora de decidir si permiten o no fumar en sus esferas de propiedad. La prohibición se ha ido ampliando progresivamente a todas las empresas, desde las aerolíneas hasta el pequeño comercio, e incluso limita ya este hábito en la conducción particular de vehículos. Así, la ley vulnera, al menos, dos derechos fundamentales, como son la propiedad privada y la libertad de expresión (emisión en medios de comunicación). El Gobierno aspira, pues, a convertir España en un país sin humos a costa, eso sí, de restar libertades.
Quizá por ello la norma introduce una nueva definición acerca de lo que debe considerarse de ahora en adelante "espacios de uso público". A saber, "lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada". Se trata, sin duda, de una interpretación altamente peligrosa, además de errónea e ilegítima. Una empresa (incluidos bares y restaurantes) no es, en ningún caso, un "espacio de uso público" siempre y cuando siga vigente el fundamental "derecho de admisión" del que goza todo propietario. De seguir esta deriva, el siguiente paso será restringir el hábito del tabaco en las casas… ¿Por qué no? ¿Qué se lo impide ya?
Por último, el espíritu de la ley consiste en "promover las medidas necesarias para prevenir y evitar el inicio del consumo", pero nuevamente esta oleada prohibicionista ha logrado un rotundo fracaso, ya que España cuenta con 300.000 fumadores más desde 2006.