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Maduro: gobierno de facto / juicios de facto

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Así como Nicolás Maduro mantiene un gobierno de facto, luego del írrito y fraudulento acto mediante el cual simuló juramentarse el pasado 10 de enero de 2025, habiendo perdido penosamente las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024, de la misma forma, el sistema de justicia venezolano ya no realiza procesos judiciales orientados por los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso (artículos 26 y 49 de la Constitución, respectivamente), con el objeto de aplicar el Derecho; sino que, todos los integrantes de dicho sistema (jueces, fiscales, defensores públicos, funcionarios policiales), ahora realizan -simple y llanamente- juicios de facto.

En efecto, los derechos y garantías constitucionales que guardan relación con los procesos judiciales -en especial, los procesos penales seguidos por motivos políticos- son una pura ilusión. Partiendo de tipos abiertos como los previstos en la Ley Contra el Crimen Organizado y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra el Odio, o Ley contra el Fascismo, prácticamente cualquier conducta que a juicio del régimen madurista sea contraria a sus intereses, resulta que es terrorista, fascista o fomenta el odio. Dichas leyes, por cierto, aparte de ser abiertamente inconstitucionales y contrarias a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, son un desvío de la aplicación del Código Penal y el Código Orgánico Procesal Penal, normas más transparentes, con tipos más claros, y con un procedimiento -en líneas gruesas- más garantista.

Secuestros y torturas

Y luego, por supuesto, viene la aplicación como tal de estos “monumentos legales”. En la Venezuela de Maduro, se puede secuestrar a una persona en la calle (sin flagrancia, sin orden de captura), por funcionarios vistiendo capuchas. Luego “ruletean” (i.e. -en la jerga venezolana- llevan de un lugar a otro) al detenido, sin conocimiento de sus familiares y/o allegados. El plazo constitucional de 48 horas para detenciones preventivas no se aplica y, llegado el caso, lo que tienen lugar son audiencias judiciales express, muchas veces ante tribunales incompetentes en zonas distantes, que, luego, terminan declinando la competencia en otro tribunal (todo con el propósito de “cumplir” con la presentación judicial del detenido). Dichas audiencias suelen celebrarse a altas horas de la noche, o fines de semana incluso, sin testigos, sin posibilidad de designar abogado de la confianza del reo. Puros y simples paredones judiciales.

Para finalmente llegar a los centros de reclusión: antros inseguros e insalubres, donde mezclan a presos políticos con presos comunes. Donde no hay comida, ni derecho a recibir visitas. Y- lo más destacado de la Era Maduro- donde se practican distintos y sofisticados métodos de tortura, siempre con un “comodín” o vía (supuestamente) escapatoria: grabar un video donde el detenido se autoinculpe.

Extorsión

Un vídeo en el que exprese que algún líder opositor le conminó a generar todo el mal en la Tierra. No olvidemos lo siguiente: mientras dura la privación de libertad, se extorsiona a presos y familiares permanentemente. Puede ser para cuestiones rutinarias como que «no les molesten» durante su reclusión, sea para lograr una excarcelación (los funcionarios del régimen tampoco son muy proclives a mantener sus promesas y hay todo incentivo posible para la corrupción y el fraude).

Grosso modo, es el juicio de facto que aplica el gobierno de facto.

Las democracias del mundo tienen el doble imperativo de ayudar a los venezolanos a detener esta pesadilla, así como de no incurrir jamás en estas prácticas abyectas en sus propios países, para no convertir su justicia también en una justicia de facto.

Ver también

La represión en la Venezuela socialista no tiene límites. (Sairam Rivas).

Crisis en Venezuela. (Miguel Anxo Bastos).

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