No hay nada en los dogmas de la Iglesia católica que se oponga a la idea de una sociedad sin Estado.
Bernardo Ferrero me hizo un magnífico regalo de Navidad. Me regaló el último libro del sacerdote italiano Beniamino di Martino (Stato di diritto. Divisione dei poteri. Diritti dell’uomo, Leonardo Facco editore, Firenze, 2019) en el que se tratan desde un punto de vista católico diversas cuestiones referidas al poder estatal y al proceso de creación del derecho que concuerdan perfectamente con un programa anarcocapitalista. Dado que existe cierta polémica sobre la posible incompatibilidad entre religión (específicamente la católica) y anarcocapitalismo, y dado que también que muchos anarcocapitalistas profesamos esta religión, me gustaría comentar algunos aspectos en relación a este libro.
En primer lugar, cabe matizar que no hay nada en los dogmas de la Iglesia católica que se oponga a la idea de una sociedad sin Estado. La Iglesia católica es indiferente a la forma política y no se pronuncia desde el dogma sobre cuál es la forma correcta de organizar una sociedad. Es cierto que las encíclicas y otros documentos doctrinales muestran su preferencia por unas formas sobre otras, pero al no ser dogma de fe seguirlas pueden legítimamente ser discutidas por sus miembros. La Iglesia ha convivido a lo largo del tiempo con todo tipo de formas políticas, desde el imperio, pasando por los señoríos feudales hasta el moderno Estado-nación. También ha predicado en ocasiones la fe a pueblos sin Estado, por lo que no vemos el problema de su adecuación a una sociedad anarquista. También ha convivido con prácticamente todas las formas de organización posibles desde la antigüedad hasta hoy, y si bien ha preferido tradicionalmente formas corporativas, con sus gremios y gildas, nada impide teóricamente su presencia en sociedades comunistas o capitalistas (otra cosa es la reacción de los poderes políticos a su presencia, habitualmente más hostil en los regímenes comunistas, aunque no siempre). Por lo tanto, nada hay opuesto a que los católicos vivan en un régimen de propiedad privada y dirigido económicamente por instituciones capitalistas.
En segundo lugar, si bien existe una doctrina social de la Iglesia, esta ha variado a lo largo del tiempo y ha sido y es discutida por los teólogos. Desde la izquierda, desde san Juan Crisóstomo a la teología de la liberación, se han propuesto soluciones económicas de corte socialista mientras que desde la derecha (si podemos usar estos términos aquí) se han propuesto soluciones favorables a la propiedad y al libre mercado. Este Instituto, por ejemplo, lleva el nombre de un famoso teólogo católico al igual que el Xoan de Lugo lleva el nombre de un cardenal católico. El libro que comentamos está escrito por un sacerdote, que no es el único en esta postura, pues Robert Sirico o Martin Rhonheimer defienden posturas similares, al igual que numerosos economistas seglares. Y aunque no lo hiciesen, la doctrina social no es dogma de fe y, por tanto, constituye una orientación, de peso, claro está, pero solo una orientación. No se puede negar que la doctrina social “oficial” ha influido mucho en las orientaciones de muchos creyentes ni que ha influido sustancialmente en la formación de políticas económicas en muchas etapas de la historia, pero no se puede tampoco negar que esta ha sido debatida también en muchas ocasiones por muchos teólogos y creyentes.
Una vez hechas estas advertencias, podemos proceder a comentar el libro del padre Martino y cómo nada en sus razonamientos contradice la postura anarcocapitalista (si bien el autor nunca se reclama dentro de esta escuela de pensamiento, sí que realiza a lo largo del libro numerosos guiños a este ideario, comenzando por la cita de Rothbard con la que abre el libro). Este consiste en una serie de críticas a varios de los mitos conformadores del moderno Estado democrático-liberal, y no a la forma estatal en general o la legitimidad del poder político desde un punto de vista católico, y es una pena que no entre. Se centra más bien en analizar y cuestionar los principios de la representación política, la división de poderes y la moderna doctrina de los derechos humanos, que como se sabe constituyen los cimientos del actual Estado democrático de derecho y que lo dotan de una enorme legitimidad de ejercicio. Comencemos por el primer caso, tan de actualidad en el debate político actual en España. El concepto de representación tal como se entendía tradicionalmente se refería a la prestación de alguna acción o servicio por una persona que opera en nombre de otra o representándola, tal como un representante de comercio, un procurador judicial o alguno de los contrayentes en una boda por poderes. Este concepto estaba presente en las Cortes del Antiguo Régimen que estaban compuestas por procuradores que simplemente transmitían en tal institución el mandato de sus electores sin posibilidad de cambio. En el caso hipotético de que quebrasen el sagrado principio del mandato imperativo se exponían a duras represalias, incluso a ser colgados de un árbol, como le ocurrió a algún procurador castellano que, traicionando la disposición de sus electores, votó a favor de la subida de impuestos que Carlos V precisaba para comprar el título de emperador.
Pero, en buena parte por culpa de Burke en su célebre “Discurso a los electores de Bristol”, el concepto de representación cambió de tal forma que ahora cualquier persona por el mero hecho de ser elegida se transubstancia en representante de la nación en su conjunto y no debe rendir cuentas de sus actos tras la elección, pudiendo trastocar por completo las propuestas por las que fue elegido sin ningún tiempo. Este cambio fue acogido con entusiasmo por los liberales de todo el mundo, también por los hispanos, quienes en sus constituciones recogieron rápidamente tal principio, que tan negativas consecuencias tuvo al facilitar primero la creación del concepto moderno de Estado y luego en su lenta pero constante expansión. Las consecuencias son fácilmente visibles hoy en día en todo el mundo. Los políticos pueden prometer cualquier cosa en campaña y luego incumplir sin ningún tipo de consecuencias, más allá del propio prestigio personal del político en cuestión. Cualquier contrato de representación, por ejemplo, incluye el derecho de revocación del mandato, algo que bajo ningún concepto se considera en el actual modelo. También implica la obligación de rendir cuenta de las gestiones, algo tampoco contemplado. En los tiempos coloniales se hacía un juicio de residencia al virrey o cargo después de su gestión, ahora ni eso, aunque fuese de forma simbólica. Sin ir más lejos no hace ni dos meses que el actual presidente del Gobierno español prometió no pactar nunca con el partido Podemos ni con los independentistas catalanes y luego al verse con opciones de ser elegido presidente faltó a su promesa. Yo, a diferencia de muchos comentaristas críticos con el nuevo Gobierno, veo mucho peor el incumplimiento de la palabra que el propio pacto, que en una democracia parlamentaria de las características de la nuestra es algo perfectamente legítimo. ¡Será porque aún considero de algún valor la palabra dada y el honor de quien la expresa! Pero eso son valores antiguos y desprestigiados hoy en día, en buena medida por la extensión de este principio, que de aplicarse harían en buena medida innecesarios escritos como este.
Otro aspecto interesante de la representación clásica (véase, por ejemplo, en la línea del padre DiMartino el libro de Galvao de Sousa, La representación política) es el de la limitación no solo del mandato sino del alcance del mismo, esto es, el representante cuenta con cierta autonomía, pero no puede superar un presupuesto o realizar acciones no relacionadas con el mandato, pues podrían ser nulos jurídicamente dichos actos. En la representación moderna el representante no tiene límites claros y puede realizar una agenda de gobierno saltándose los mandatos sin que puedan declararse nulos.
Otra cuestión que puede ser discutida es quiénes son realmente los representantes en un Estado moderno. Presuntamente lo son los parlamentarios electos como representantes de la nación, así lo dice la doctrina de la representación, pero de hecho vemos que a todos los efectos lo son quienes ejercen efectivamente el poder, sea este ejercido de forma legítima o ilegítima. Quien realmente firma compromisos, establece tratados, elabora presupuestos o incluso decreta leyes es el poder ejecutivo, y dependerá de la fuerza real que tenga el legislativo o el judicial para poder oponerse. Y hoy en día, en el llamado Estado de derecho, quien tiene todas las ventajas es el Gobierno, que es quien controla las fuerzas armadas y la policía o los cuerpos parapoliciales, como puede verse en el caso de Venezuela. Sin llegar tan lejos, Gobiernos en funciones o sin base parlamentaria (simplemente porque los contrarios no se ponen de acuerdo) pueden perfectamente ejercer como representantes de hecho de la supuesta voluntad popular. Porque son las decisiones de estos (muy difícilmente reversibles) las que verdaderamente comprometen al pueblo, por ejemplo, al emitir deuda pública. Recordemos que, por ejemplo, después de la muerte de Franco, el nuevo Estado democrático tuvo que hacerse cargo de la deuda, los compromisos internacionales o los derechos de pago derivados del sistema de seguridad social, con independencia de que fuese o no legítimo el viejo régimen. El mito de la representación es un hermoso relato, pero creo, con Di Martino, que no se da en la realidad, pues se trata de una de las elaboradas ficciones que han creado los gobernantes a lo largo del tiempo para justificar su poder.
Se podría afirmar que dicho poder está limitado por las leyes o por la Constitución, pero eso es otro mito que se critica muy bien en el libro y que abordaremos en el siguiente artículo.
9 Comentarios
Como siempre, imperdibles las
Como siempre, imperdibles las reflexiones del autor.
…Y como siempre su epilogo es contundente: las leyes y la misma constitución son solo un mito . Como decía el inigualable Anthony De Jasay: el verdadero efecto de la constitución es como poner un cinturón de castidad a una doncella y dejar la llave al pie de la cama.
Mi admiración y gracias profesor Bastos por su constante e incansable esfuerzo por la verdad
Gracias por el el artículo.
Gracias por el el artículo. ¿Está el libro disponible en español o inglés?
Gracias
Purtroppo è solo in italiano
Purtroppo è solo in italiano
Thanks so much for your
Thanks so much for your delicious and excellent attention to my book. It is a very honor for me read your precious considerations. father Beniamino Di Martino (Naples, Italy)
Thank to Bernardo Ferrero who
Thank to Bernardo Ferrero who has just notices me of prof. Bastos’ preciouses reflections
Dice : «pero al no ser dogma
Dice : «pero al no ser dogma de fe seguirlas pueden legítimamente ser discutidas por sus miembros» ; ¿Y si es dogma de Fe, que ocurre? ¿Que pasa con lo de «A dios lo que es de Dios y al Cesar lo que es del Cesar? San Pablo, el verdadero fundador del Cristianismo, hace una interpretación de esa frase supuestamente pronunciada por Jesucristo (Jesús el Ungido, en Griego) en los siguientes términos (sic) : “Todos deben someterse a las autoridades constituidas, porque no hay autoridad que no provenga de Dios y las que existen han sido establecidas por él… Es necesario someterse a la autoridad, no solo por temor al castigo sino por deber de conciencia. Y por eso también, ustedes deben pagar los impuestos: los gobernantes, en efecto, son funcionarios al servicio de Dios encargados de cumplir este oficio. Den a cada uno lo que le corresponde: al que se debe impuesto, impuesto… al que se debe respeto, respeto; y honor a quien le es debido” (Carta a los Romanos 13, 1. 5-7).; por cierto, Pablo tenía la ciudadanía romana; la finalidad a largo plazo, debido a su carácter universalista, sin duda era convertirse en la religión oficial del imperio.
La interpretación de la frase
La interpretación de la frase evangélica «dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios», así como la glosa de San Pablo es muy compleja y no entraré en eso en un comentario. Pero respecto a que San Pablo tenía preconcebido el plan de que el cristianismo se convirtiera en la religión del Imperio, te diré que estas convirtiendo a San Pablo en un superhéroe profético cuya magnifica visión estratégica y política solo podría estar inspirada por un Dios todopoderoso.
Quiero decir que tener esa visión en el momento que vivió San Pablo sería realmente milagroso y solo encuentro justificado que te creas lo que cuentas si crees en Dios y los milagros.
Deberías fijarte en que aún siendo ciudadano romano, que es cierto que lo era, San Pablo se dirigía a los mismos judíos y a gentiles de muchos pueblos, culturas, civilizaciones distintas, desde griegos a romanos pasando por gentes de todas las costumbres y pelajes. Así que, por lo tanto, con esas palabras les estaba diciendo a todos esos judíos y gentiles que respetaran su respectivas organizaciones sociales y políticas; y no solo, ni muchos menos, las romanas.
En fin, que desgraciadamente me parece muy poco creíble lo que dices de San Pablo. Pero como soy de tradición católica me apunto encantado a que San Pablo era un superhéroe visionario que inspirado por Dios ya tenía concebido en tan temprana época el ambicioso plan de que el cristianismo se convirtiera en la religión del imperio 🙂
Muy convincente todo lo que
Muy convincente todo lo que dice el artículo sobre el derecho de representación, pero más allá de que el Padre Beniamino di Martino y/o el profesor Bastos profesen el catolicismo, no veo que el artículo explique en que medida el catolicismo justifica o al menos no se opone a estas ideas. Porque simplemente decir que han sido muchas las propuestas sociales, económicas y políticas de la Iglesia desde e incluso antes de su fundación, no me parece una justificación de que estas ideas en concreto estén basadas de alguna manera en el catolicismo.
Quizás el profesor Bastos haya dejado esa explicación para el próximo articulo.
Estimado Crego:
Estimado Crego:
Permítame responderle. En su primera cita («A César lo que es de César y a Dios lo que es de Dios») Nuestro Señor no está diciendo que el tributo sea de César, no se pronuncia sobre la cuestión, y evita así la trampa que le ponían sus enemigos al preguntarle si era lícito pagar tributo a César (si respondía que sí se enemistaría con el pueblo, si respondía que no, podían entregarlo a las autoridades romanas como un sedicioso). El hecho de que no pasará nada de eso demuestra que su respuesta era ambigua. No es el único pasaje en el que N. S. J. C. da una respuesta ambigua o directamente no responde a sus enemigos (Cf. Marcos 11, 27-33).
En su segunda cita, Romanos 13, San Pablo se está refiriendo a todas las autoridades legítimas, sin mencionar si el Imperio Romano está entre ellas. No hay duda de que, aparte de las autoridades estatales basadas en la violencia injusta, hay en la sociedad un sinnúmero de autoridades legítimas (padres, terratenientes, patrones, caseros , etc.) a las que se puede deber obediencia, honor e incluso pagos monetarios.
Por último, sobre lo que dice de San Pablo, que esperaba que la religión cristiana se convirtiera en la oficial del Imperio, creo que es muy improbable, teniendo en cuenta que probablemente creía en una inminente segunda venida de Cristo. Además, precisamente por su carácter universalista, el cristianismo debía trascender las fronteras estatales, no quedar confinada a la religión de un estado.
Reciba un cordial saludo:
Juan G. C.