Forma parte de la propensión humana a comunicar lo comunicable el intento de verbalización del conocimiento, conseguir rebajar su carácter subjetivo (B. Russell). Si entendemos por "público" todo espacio de entendimiento, de transmisión inteligible de conocimiento, sensaciones y opiniones, podemos vincular todo lo público como resultado mismo del "proceso social", concretamente, en lo que se refiere a la parte articulada de las instituciones sociales. Por desgracia, "público" ha adquirido como concepto ciertos matices que dificultan su manejo dentro del vocabulario científico.
Conviene diferenciar entre el contenido profundo, tácito y superconsciente (F.A. Hayek) de la conducta, de aquella otra parte superficial, relativamente articulable y semiinconsciente o consciente que finalmente logra ser expresada como conocimiento institucional. El primer tipo de contenido se traduce en instituciones con un alto grado de certidumbre, verbalización y sistematización, que posibilitan su tratamiento lógico y comprensión, dentro de conclusiones teóricas controlables (K. Popper). Una suerte de objetivación de conocimiento en forma de leyes, preceptos, enunciados, reglas sintácticas, definición de cualidades, términos, etcétera. Sea cual sea la institución social estudiada, Derecho, Lenguaje, Dinero, Moral o Mercado, nuestra mente será capaz de expresar de manera inteligible cierto conocimiento que sea comprensible, comunicable, transmisible, discutible, explicable, y, en definitiva, hecho público, expuesto con relativa claridad al resto de individuos. La búsqueda de lo público representa el esfuerzo por dar una apariencia de objetividad a lo que tiene un origen estrictamente subjetivo, descubriendo conocimiento y enunciándolo con suficiencia. Acudir hasta las profundidades de nuestra mente en busca de aquellos retazos de acción, conducta y perceptibilidad que puedan ser evidenciados ante el resto de individuos.
El siguiente paso es dotar al conocimiento científico de un método, y es aquí donde se comete un error primordial. Si las instituciones de las que nos percatamos, y que tratamos de hacer inteligibles en su explicación y efectividad, acaban interpretándose como entes dotados de una esencia singular, estaremos convirtiendo esas ideas teóricas o abstracciones de nuestro pensamiento en entes colectivos, distinguibles e independientes de las acciones de los individuos cuyos resultados, fundamentalmente no intencionales, las conforman. El colectivismo metodológico comete dicho error, lo que conlleva trágicas consecuencias no sólo en el orden de lo científico, sino también en el de lo práctico. El interés de este método es estudiar el devenir de los entes abstractos colectivos e impersonales, en pos de enunciar las leyes históricas que determinan su movimiento y destino. De todo ello se infiere una clase de fines que sobrepasan al individuo, quien pasa a ser considerado una ínfima parte dentro de un todo superior, e incluso una simple abstracción, algo que no es capaz de existir por sí mismo (Hegel). Decía Popper que "una de las mayores equivocaciones es creer que una cosa abstracta es concreta; se trata de la peor ideología". Supone la conversión de las ideas en cosas tangibles, confundiendo lo que son meras construcciones teóricas abstractas con realidades específicas dotadas de fines y cierto tipo de voluntad propia para alcanzarlos.
Frente al colectivismo, únicamente cabe oponer el "individualismo metodológico", que se define por entender que las ciencias sociales han de consistir en el estudio de las consecuencias no intencionales de las acciones racionales (orientadas a un cierto fin) emprendidas por los individuos, que son los únicos que piensan, razonan y actúan (Mises); es decir, los agentes reales que originan y dan forma a las instituciones. Las ciencias sociales se centran en conocer las instituciones que surgen, fundamentalmente, de las consecuencias no intencionadas de las acciones individuales (Menger). El tipo de conocimiento que debe preocupar al científico social será aquel que forme parte del contenido profundo de nuestra conducta, tácito y no articulado, que se esforzará en explicar, objetivar y verbalizar, exponiéndolo así en un ámbito "público".
Llegados a este punto resulta mucho más sencillo que al principio percatarse de las principales causas que han contribuido a distorsionar y corromper la idea de lo público, atribuyéndole cualidades o esencias que, siendo rigurosos, no deberían formar parte de su significado. Lo público, decía, es el espacio de entendimiento, también una construcción abstracta que utilizamos para explicar la facultad de comunicar lo comunicable. Sin embargo, el hiperracionalismo, resumido en la convicción sinóptica que ingenuamente concede a la consciencia humana, y a la razón que en ella gobierna, unas facultades cuasi ilimitadas, pervierte la idea de lo público en la construcción de su falaz discurso ideológico.
Como mejor se percibe este choque entre las ciencias sociales y la metafísica colectivista comentada, es observando la asimilación política que el estatismo ha practicado sobre todo aquello que suene a "público". Porque público, de acuerdo con la definición aquí dada, también tiene su traslado en el lenguaje político y jurídico cuando se habla de instituciones públicas, poderes públicos, leyes, autoridad o potestad públicas. Estos ámbitos de encuentro y comunicación, de comprensión y formación de un orden compartido e inteligible de convivencia merecen la consideración de públicos porque, al igual que en el ámbito estrictamente científico, son maneras discernibles de objetivar conocimiento, sensaciones, principios y valoraciones. Sin embargo, nada tiene que ver la naturaleza plural, competitiva y de raíz espontánea que tiene la conformación de esta res pública con la definición exacta de Estado, como estructura mecánica, artificial e impersonal de dominación al servicio de un poder absoluto y excluyente que niega a los individuos su libertad política (D. Negro). En este sentido, nos hallamos ante la pretensión intelectual y política de organizar lo social a través de mandatos imperativos que beben de un conocimiento parcial, superficial e insuficiente, en pos de fines considerados de interés general o colectivo, que niegan o impiden los fines en estado puro, que son los que surgen del individuo y sus propias valoraciones subjetivas (Mises).
El mito de lo público, de la mano del constructivismo racionalista, se convierte así en la mascarada del poder absoluto, que identifica Imperio de Ley con Estado de Derecho, que corrompe la idea misma del Gobierno limitado condenando a esta institución política espontánea a su sumisión frente al estatismo totalitario. Todo ello, a costa de destruir la libertad política, expropiar las instituciones sociales espontáneas e imponer una opción moral y de fines a todos y cada uno de sus súbditos.
José Carlos Herrán es autor del reciente libro El Orden Jurídico de la Libertad (Unión Editorial, 2010).
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