Cualquier persona que comprenda el funcionamiento de la política monetaria y de los bancos centrales en los países occidentales, sabe que la emisión de dinero es una actividad en monopolio legal, que además es llevada a cabo por una entidad política, pretendidamente independiente, movida por criterios políticos más o menos afines al bienestar social.
De que es un monopolio legal no tendrán ninguna duda los numerosos televidentes que disfrutaron con la primera temporada de La Casa de Papel y llegaron a su último episodio, en el que el Profesor explica perfectamente lo que hacen los bancos centrales (en su caso, la Casa de la Moneda) y que no se le deja hacer al común de los mortales. Él lo aplica a la impresión de billetes: sabemos que Casa de la Moneda imprime billetes, una actividad poco sofisticada; pero si usted trata de hacer la misma actividad en casa, será detenido por falsificación, aunque su billete sea exactamente igual que el que haya producido el banco central. Imaginemos cuanto más fácil puede resultar esta “impresión” de dinero en un mundo digital, donde basta apretar al Enter tras la cifra deseada para crear dinero en una cuenta.
En resumen, el dinero se suministra al mercado, en general, mediante un monopolio legal y en planificación central[1]. Las razones por las que esto se hace así son muy diversas y hasta pueden sonar lógicas; no voy a entrar en ellas, pero sí quiero recordar al lector que este sistema tiene poco más de un siglo de historia, y que en el pasado no era así, existiendo, en general, competencia de monedas y emisores, por llamarlos de alguna manera.
Contrariamente a la mayor parte de los bienes, el dinero está presente en todas las actividades económicas y en casi todas las transacciones entre individuos. Por ello, cualquier economista que conozca los efectos negativos de los monopolios legales, debería poder fácilmente extrapolar los riesgos que supone un monopolio legal en la “sangre” del sistema. Por ejemplo, el monopolista podría dar el dinero recién creado en condiciones distintas a según qué empresas, o incluso denegárselo, y de esta forma decidir ganadores y perdedores en la economía.
El problema se agudiza en un entorno de tipos de interés artificialmente bajos (y digo “artificialmente” porque son obra de ese monopolista legal y no reflejan las preferencias de los individuos: ¿cómo va a querer alguien que le quiten dinero por ahorrarlo?), en el que las empresas han tendido a sobre-endeudarse como consecuencia de dichas señales erróneas. Así, se ha generado una enorme dependencia económica de la deuda[2], por lo que diferencias en las condiciones de acceso a la misma suponen la diferencia entre viabilidad y desaparición para muchas empresas.
La solución a esta evidente amenaza ha consistido en dotar a los bancos centrales de una exquisita independencia del poder político, y en definir de forma precisa sus objetivos, tradicionalmente definidos en función de la inflación. Vamos, que han de tratar a todos los bancos por igual con respecto al dinero creado en la búsqueda de ese objetivo de estabilizar los precios, o estabilizar el valor del dinero[3].
Hasta aquí todo fenomenal. Pero ¿qué ocurre si se utiliza el banco central como herramienta para conseguir otros objetivos en el mercado? Acabamos de ver el potencial de los bancos centrales como planificador central: con sus decisiones, pueden elegir ganadores y perdedores, con independencia de las preferencias de los individuos. Si, por ejemplo, el banco central decide que no se han de dar préstamos a las tiendas de mascotas, ¿qué viabilidad tendrán éstas?
Para mi sorpresa, algo parecido, aunque con muchos más grados de sutileza, está ocurriendo. Resulta que el Banco Central Europeo ha decidido la inclusión de riesgos relacionados con el cambio climático en la valoración de los riesgos de los bancos a que supervisa: “Climate-related risks can be captured in risk categories that are already used by financial institutions and reflected in the Basel Framework, for example credit risk, market risk, liquidity risk and operational risk.”[4]. Además, ahondando en dicha sorpresa: “it is becoming ever clearer that beyond climate-related risks, biodiversity loss could also be a source of material financial risks.” Como lo leen.
Anécdotas aparte. ¿qué significa todo esto? No siendo experto en regulación bancaria y financiera, quizá me equivoque en mi análisis. Pero al menos quiero dejar claro lo que pienso que significa. Si me equivoco, tanto yo como mi paz mental agradeceremos la enmienda.
Mi lectura es que los activos de los bancos (que son, principalmente, inversiones o préstamos en terceras empresas) se van a calificar no solo en base a los riesgos tradicionales (crédito, mercado, liquidez y operativos), si no también en base a riesgos climáticos. Esto es, según la “neutralidad” que el proyecto empresarial presente respecto al medio ambiente. Así pues, si el proyecto se juzga nocivo para el medio ambiente, su riesgo tenderá a ser mayor, y, en consecuencia, serán peores sus condiciones para acceder al crédito. Los bancos quedarán disciplinados como correa de transmisión, en la medida en que el riesgo global de su cartera les penaliza en su acceso a los recursos del BCE.
En resumen, se permite al BCE (no sé si a otros bancos centrales también) discriminar en el acceso a fondos según la actividad empresarial. Hasta dónde yo sé, esto carece de precedentes. Por el contrario, sienta uno peligroso en cuanto a dirigismo de las economías de la zona Euro.
No voy a discutir la base científica del cambio climático que es en lo que se apoya la clase política para este proyecto de tintes soviéticos. Incluso podemos aceptar que no haya dudas sobre tal fenómeno (cuya evidencia se construye con modelos a 30 años vista, como si alguno de ellos pudiera prever siquiera qué va a pasar la próxima semana). El problema es que esto abre una puerta a este uso torticero del monopolio legal auto-conferido por los Gobiernos. Y no sólo eso, sino que también existe una hoja de ruta clara por la que es fácil adivinar que pueden seguir estos derroteros de planificación central. Esa ruta se llama objetivos ESG[5] (“Environmental, Social and Governance”) y está ya presente en muchos gestores de fondos, empezando por el más voluminoso del mundo, Blackrock.
Así que, si atribuir riesgos climáticos dentro de los bancarios se impone, ¿por qué no poner riesgos relacionados con políticas de género o con cualquier cosa políticamente correcta que se les ocurra a los inconscientes planificadores centrales?
Por supuesto, Blackrock es libre de escoger como invierte el dinero de sus inversores; si el mercado no está intervenido, sus fondos ESG tenderán a dar menos rentabilidad que fondos análogos que solo se guíen por este último criterio, y será la decisión de los partícipes si prefieren más rentabilidad o estar socialmente comprometidos en los términos propuestos por Blackrock. Pero la cosa es muy distinta si el que está imponiendo su preferencia es el monopolista legal en la emisión del dinero, porque entonces nos está comprometiendo a todos con sus criterios, estemos o no de acuerdo con ellos.
Lógicamente, los lectores que crean en la democracia se preguntarán de qué vale votar “Libertad” si al final los organismos independientes nos pueden implantar la planificación central por la puerta de atrás. A ver si encuentran respuesta.
[1] El “en general” es para que no me acusen los lectores de olvidarme de Bitcoin y otras criptomonedas.
[2] Casualidades del destino, parece que estos días el Bank of America está advirtiendo sobre que “los riesgos de fragilidad en el mercado son los más altos de la historia debido a la alta dependencia de la Fed”. Ver la noticia de El Economista: https://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/11211196/05/21/BofA-alerta-de-que-los-riesgos-de-fragilidad-en-el-mercado-son-los-mas-altos-de-la-historia.html
[3] Si alguien tiene dudas sobre el objetivo principal del BCE solo tiene que mirar el artículo 127.1 del Tratado de la UE.
[4] “All the way to zero: guiding banks towards a carbon-neutral Europe”, Keynote speech by Frank Elderson, Frankfurt am Main, 29 April 2021. Disponible en https://www.ecb.europa.eu/press/key/date/2021/html/ecb.sp210429~3f8606edca.en.html
[5] Environmental, Social and Governance
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