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Respuesta de Jesús Huerta de Soto a Juan Ramón Rallo sobre la banca Simons

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Respuesta de Jesús Huerta de Soto a Juan Ramón Rallo con motivo de un vídeo del profesor Rallo en su canal, titulado La banca Simons es antiliberal.

Juan Ramón, tengo dos observaciones sobre tu último vídeo:

Uno: la dolarización con una banca con coeficiente del 100 por cien (mal llamada «Simons», debería de llamarse «Mises» o «Rothbard» pues Simons pretendía mantener el Banco Central, cuando Milei, siguiendo a Mises y Rothbard – y a mí- pretende abolirlo) no mantendrá congelada la oferta monetaria en dólares en Argentina: la M en dólares crecería (y mucho) como viene decidiendo hacer crónicamente la Reserva Federal y el incremento de dólares llegaría a Argentina como llega al resto de países, vía déficits comerciales crónicos de EE.UU. en su intercambio comercial con Argentina y el resto del mundo.

Y dos: Panamá y Ecuador mantienen una dolarización con reserva fraccionaria porque cuentan con el apoyo implícito de la Reserva Federal como prestamista de última instancia y que se ha hecho realidad en diversas ocasiones en el pasado, sin mayores dificultades dado el escaso tamaño de sus economías.

El recuerdo del corralito

En el caso de Argentina, sobre todo por el gran tamaño de su economía, y las malas experiencias del pasado, la Reserva Federal ha explicitado que no actuará como prestamista de última instancia en ningún caso, por lo que es ineludible establecer el 100 por cien para evitar corralitos de tan mal recuerdo en Argentina. (Recuerda la primera ley de la teoría bancaria: un sistema bancario con reserva fraccionaria no puede evitar las «corridas» sin prestamista de última instancia -de hecho la «estabilidad» del sistema se logra a base de «corridas» en contra de los bancos menos prudentes).

Por tanto, Milei tiene muy claro que dolarizar exige un coeficiente del 100 por cien. Ponte en el lugar de los argentinos cuya conciencia colectiva aborrece del recuerdo del corralito. Y que a la menor quiebra de confianza por cualquier motivo exterior o interior -por ejemplo, que volviera un futuro gobierno manirroto- daría al traste con todo el sistema ¡por segunda vez!, con un coste social y reputacional demoledor.

Sólo un second best

Por otro lado, que el 100 por cien se compute con depósitos de la banca argentina en dólares en otros bancos extranjeros es factible si estos son «too big to fail» y gozan del respaldo irrevocable de sus respectivos bancos centrales. Precisamente por ello, dolarizar con 100 por cien es solo un second best, pues no inmunizaría a Argentina de los ciclos de expansión crediticia que orquesta regularmente la Reserva Federal y el ideal solo se conseguiría con un patrón oro clásico y reserva del 100 por cien (que no es totalmente rígido, pues el stock de oro viene creciendo al 2 por ciento al año).

En todo caso, Milei lo ha estudiado muy bien y lo tiene muy claro. Sólo queda el fleco de determinar el plazo por debajo del cual se considerarán como depósitos a la vista los préstamos de pequeña duración. Yo le he aconsejado el plazo de hasta 30 días, pues solo existe demanda de préstamos en Argentina a partir de 30-60 y 90 días, precisamente para descontar papel comercial. Obviamente, cualquier depósito a más de 30 días donde el banco garantice al cliente (aunque solo sea «soto voce«) su devolución inmediata en cualquier momento sería un depósito a la vista. O, dicho de otra manera, la reforma ha de prohibir la devolución anticipada de cualquier depósito a plazo, salvo que el banco demuestre que otro cliente se ha subrogado en el lugar del que retira anticipadamente.

La banca con reserva fraccionaria es antiliberal

Lo que es profundamente antiliberal es la banca con reserva fraccionaria que sistemáticamente viola el derecho de propiedad. Genera inestabilidad financiera continua. Y es la responsable de la creación de los bancos centrales; no puede sobrevivir sin ellos, salvo a base de «corridas bancarias», y con un perjuicio inmenso a los afectados.

Y viola el derecho de propiedad que exige el capitalismo para funcionar, no importa cuál sea la forma en la que se manifieste el ejercicio de la banca con reserva fraccionaria. Ya sea como delito de estafa y falsificación en documento público, en el caso de la emisión de billetes sin respaldo (afortunadamente prohibida por la Ley de Peel en 1844). O ya sea como delito de apropiación indebida, en el caso de la apropiación de los depósitos de los clientes (o de la emisión de nuevos depósitos, que a fin de cuentas y a nivel agregado es la misma cosa).

El riesgo asociado a la reserva fraccionaria

Defender la banca con reserva fraccionaria a estas alturas no solo es científicamente erróneo, sino, además, frívolo y dañino en relación con un país que como Argentina ya ha experimentado un dolorosísimo «corralito» y actualmente se debate por acabar con la inflación, dolarizar y eliminar el banco central. Por otro lado, no hay duda alguna de que en un sistema anarcocapitalista todos los bancos tenderían a operar con un 100 de reservas. Pues hoy en día, con la banca electrónica y los medios tecnológicos que existen, a la más mínima duda un banco se vacía de depósitos literalmente «a la velocidad de la luz». ¡Debate zanjado!

Esto es todo. Creo, (si quieres, sin necesidad de renunciar a tu marco teórico que, como sabes, no comparto) que deberías ser más flexible y reconsiderar tu posición sobre este tema. Y reconocer que, al menos para la tesitura actual de Argentina, la dolarización con el 100 por cien es la solución más factible y menos arriesgada, teniendo en cuenta el contexto y los antecedentes.

Un abrazo, Jesús Huerta de Soto

Ver también

La banca Simons y la estabilidad monetaria y económica. (César Táboas).

La banca central y el mito de la eliminación del riesgo. (Fernando Herrera).

Banca Simons (etiqueta).

5 Comentarios

  1. Querido Profesor Huerta de Soto:

    Dice el profesor Rallo en su último vídeo (https://www.youtube.com/watch?v=cjYggzdCF7g) en el que le contesta a esta nota escrita, que usted no va a contrarreplicarle. Los que hemos tenido la suerte de formarnos en sus clases y leer sus trabajos y ser ahora partidarios del coeficiente de caja bancario del 100% necesitamos de su contrarréplica al profesor Rallo. Estoy seguro que muchos agradeceríamos que buscara en su apretada agenda un hueco para contraargumentar el vídeo de Rallo.
    Un cordial saludo.
    Jesús

    • Entiendo que el debate académico consiste en dejar claras las posiciones y los presupuestos de cada cual, de cada investigador (a diferencia de las tertulias de TV y la prensa rosa o las charlas de bar). Y creo que tanto Juan Ramón Rallo como el profesor Huerta de Soto han dejado claras sus respectivas posiciones.

      Dice Rallo: «No toda deflación es positiva. La deflación por aumento de la productividad de la economía sí es positiva. La deflación por incremento de la demanda de dinero y por contracción de los flujos de gasto dentro la economía no es positiva, salvo que supongamos que todos los precios son perfectísimamente flexibles al instante (y por tanto que es posible modificar el nivel de precios absoluto sin que cambien los precios relativos durante ese ajuste).»

      Bueno, lo del final no lo entiendo (tampoco entiendo hacia dónde quiere apuntar).
      Pero el concepto de «incremento de la demanda de dinero» no tiene sentido en un mercado libre en sí mismo en tanto que algo diferente de la paralela «oferta» de bienes o servicios, ofrecidos a cambio para conseguirlo. Me da la impresión que es «un invento» conceptual empleado para intentar justificar una intervención coactiva en el mercado con la excusa de intentar regular externamente los supuestos fallos de mercado.
      Y los precios no necesitan ser «perfectísimamente flexibles al instante»; el mecanismo del mercado se autorregula (pero no instantáneamente, sino tentativamente por prueba y error, lo que requiere un tiempo y competencia y errores y aciertos empresariales) en la medida en que exista un bien dinero funcional (que se selecciona espontáneamente sin coacción ni intervención).

      Y en el fondo el profesor Huerta de Soto lo que defiende, entiendo, más que el coeficiente de caja 100%, es la distinción entre la institución de depósito y la institución de préstamo (el mutuo de los romanos), ambas emergidas espontáneamente y como diferentes en prácticamente todas las culturas. Y es que es la mezcla o indistinción fraudulenta entre ambas instituciones la que causa los problemas (y la que va esencialmente contra el principio de propiedad, cuyo respeto e integración está en la base del funcionamiento y la virtualidad coordinadora y de generación e incremento de conocimiento y de oportunidades –tentativamente, por prueba y error– implícitos en los procesos de mercado).

  2. Como argentino, que vivió muchas cosas, incluyendo el infame «corralito», debo decir que no ceso de encontrar «huecos» en los análisis teóricos. Un sistema debe analizarse en el contexto de sus variables circundantes, no en un contexto estéril, aislado de factores externos dominantes. El crecimiento de la economía no es el pivot del resurgimiento de Argentina, sino la percepción del RIESGO. La velocidad de salida no es crucial ni paga dividendos como la certeza de esta. Espero que algún analista pueda hablar con un ciudadano que comprenda la problemática, y no, como suelen hacer, con economistas, que por compromisos profesionales, tienen la lengua atada a sus procesos de consultoría y a su palabra ya comprometida. Saludos

  3. Excelente analisis Doctor. Totalmente de acuerdo.

  4. Sin ser ningún experto en economía y conociendo de forma superflua la obra de cada autor (Rallo y JHS), pienso que Rallo acierta en el análisis teórico, pero hierra en la practicidad de la idea al abrir peligrosamente la puerta a fenómenos monetariamente inflacionarios.

    Me explico. Es intuitivo y natural entender que, de la misma forma que varía la preferencia temporal de la sociedad respecto al consumo/ahorro, también fluctúe el precio del dinero y del tiempo. Es decir, la variación de preferencia temporal se plasmaría necesariamente en el tipo de interés natural (precio del tiempo) y también en el precio del dinero (precio de la unidad monetaria como tal).

    Comparto la opinión de JHS de que constituye estafa y apropiación indebida no respetar la figura del depósito irregular o emitir moneda no respaldada en ahorro real, pero entiendo que en una economía con un coeficiente del 100% se darían episodios deflacionistas perjudiciales (no derivados de aumento de la productividad) porque a una oferta fija de dinero, cualquier aumento de demanda causaría una apreciación del la unidad monetaria.

    Es decir, con ese sistema se evita la inflación, pero conlleva cercenar proyectos empresariales potencialmente rentables que se podrían costear si el precio del dinero fuese inferior, y por tanto su oferta, fluctuase de manera libre de acuerdo a la demanda del mismo.

    Ahora bien, desconozco totalmente cuál sería la forma de articularlo en la práctica y entiendo que los riesgos son abrir la puesta a una emisión monetaria no respaldada por un aumento en su demanda, y por tanto, acabar de nuevo en un sistema monetariamente inflacionario.

    Agradezco cualquier feedback si estoy equivocado! Gracias.


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