La tributación sobre las empresas, en concreto el Impuesto sobre Sociedades, se basa en aplicar un tipo impositivo a la base imponible. Por tanto, para conocer el gravamen al que están sometidas las sociedades no sólo es necesario conocer el nivel al que se fija el tipo impositivo nominal, sino también la manera en la que se configura esa segunda variable que es la base imponible.
La determinación de la base imponible depende, a su vez, de los activos utilizados por la empresa y cómo se han financiado, es decir, de cómo se ordena la producción en la economía. Si atendiéramos a ciertas versiones muy reduccionistas del pensamiento neoclásico que conciben el capital como un fondo homogéneo, la imposición efectiva coincidiría con la indicada por el tipo nominal. Sin embargo, la economía real presenta más complejidades, tal y como expone la teoría austriaca del capital o de la producción desarrollada por Menger, Hayek, Lachmann o Lewin –por citar unos pocos-, que describen la estructura productiva y los procesos de producción como actividades conjuntas, en las que los planes empresariales tratan de combinar diferentes bienes de capital heterogéneos, específicos y complementarios.
Son esas combinaciones concretas de factores productivos -como el capital humano, maquinarias, naves industriales, la investigación y el desarrollo, los activos intangibles como el fondo de comercio, los bienes de transporte, existencias, etc.- y el modo en que éstos influyen en la base imponible –a través de su capacidad para reducirla al ser deducibles en mayor o menor grado- lo que, junto con el tipo impositivo, determinará la tributación efectiva.
Es por eso que las empresas no tributan todas igual. Una sociedad soportará una imposición efectiva diferente a otra dependiendo del tipo de activos que tiene instalados –incluido su dimensión- o la estructura financiera que presente en su balance.
En cierta literatura económica que viene desarrollándose desde los años sesenta y que se remonta a los trabajos iniciales de Arnold Harberger, o posteriores de Auerbach, Fullerton o Devereux, se ha tratado de medir –y entender- esta imposición efectiva que soporta una empresa dependiendo de sus activos ya instalados a través del denominado tipo impositivo efectivo (TIE) medio.
El TIE medio el porcentaje total que absorbe el Estado de los resultados de la actividad empresarial. Es la proporción del valor presente del beneficio antes de impuestos que se lleva el Estado. Este indicador suele servir a las empresas –sobre todo las que realizan inversiones en diferentes jurisdicciones- para decidir la localización de sus actividades al calcular el valor presente de los flujos de caja después de impuestos.
Pero no sólo la estructura del activo y del pasivo actual es importante para conocer la distorsión que sobre la actividad empresarial pueden tener los impuestos sobre sociedades. También la imposición efectiva es diferente cuando la empresa realiza nuevas inversiones. Hay distintos tipos impositivos efectivos según qué inversiones se acometan, tanto al tipo de activos –plazos y riesgos-, financiación –cuantía, coste y plazos-.
Se realizará una inversión si la ganancia que vaya a obtenerse cubra el coste del capital empleado o el coste de oportunidad. Dado que el Impuesto sobre Sociedades incrementa dicho coste del capital, habrá proyectos de inversión que no lleguen a realizarse o que si se realizan devenguen menores ganancias que las que podrían haber conseguido. Este desincentivo a la inversión causada por la fiscalidad empresarial suele medirse a través del denominado TIE marginal. La imposición efectiva marginal es determinante a la hora de decidir el volumen o intensidad de las inversiones, puesto que trata de medir el incremento porcentual del coste de capital de una inversión debido al Impuesto sobre Sociedades.
Por ejemplo, la eliminación de la libertad de amortización sin condiciones del Gobierno -o simplemente que las amortizaciones fiscales permitidas para cada bien sean menores que las económicas- ha incrementado el TIE marginal de las inversiones en nuevos activos. Dado que estas inversiones soportan una tributación mayor, puede que no sean tan intensamente acometidas, lo que supondrá modificar –reducir- el valor de los activos en cuestión.
Además, dependiendo del ritmo de reposición de activos de la empresa, las ventajas o desventajas fiscales a la hora de la amortización –acelerada, libre o a una tasa fiscal superior o inferior a la económica- modificará la tributación efectiva media –la que soportan los activos ya instalados- y la marginal. En el ejemplo anterior, si se limita la libertad de amortización se incrementa la imposición marginal en los proyectos de inversión nuevos que requieran de la adquisición de nuevos activos, pero también se elevará el TIE medio de la empresa dado que sus activos ya instalados suelen ser más nuevos –al haber mayor reposición- con una peor amortización fiscal.
Otro ejemplo podría ser las empresas que decidan emprender proyectos con un alto contenido en I+D o capital tecnológico. Estos proyectos más arriesgados tenderán a financiarse con recursos propios o reservas de la empresa. El diferente trato fiscal de gastos financieros o intereses –que suelen ser deducibles en alguna proporción- y las acciones. Esto tenderá a incrementar el TIE marginal y el medio dependiendo del tiempo que duren estos proyectos.
En resumen, elevar la imposición efectiva media (TIE medio) a través de, por ejemplo, la eliminación de la libertad de amortización que soportan las combinaciones de activos ya instalados en las empresas, afecta a los recursos generados por las mismas y, de nuevo, a las decisiones marginales de inversión. Si encima se eleva el TIE marginal a través de la limitación de otras deducciones -como los gastos financieros o los fondos de comercio, como ha hecho el actual Gobierno-, se penalizan las nuevas inversiones y, en consecuencia, la productividad y competitividad de la economía.
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