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Derechos ahumados

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Según Jiménez, el 70% de la sociedad española apoya una prohibición total y "a casi todo el mundo le apetece entrar en un lugar en el que no le moleste el humo, fume o no fume, porque siempre será un espacio más agradable".

Las intenciones de la ministra evidencian (por si alguien tenía alguna duda) que la legislación antitabaco siempre tuvo una vocación básicamente paternalista. Su objeto es proteger a los fumadores de sí mismos y no, como sostienen algunos, proteger la salud de los fumadores pasivos. Si el propósito fuera ése permitirían que empresas y locales habilitaran espacios aislados para fumadores, o directamente se permitiría fumar sin restricciones en locales de ocio, cuya esporádica frecuentación es probable que no tenga ningún efecto perjudicial sobre la salud de los fumadores pasivos. Los estudios que apuntan a un riesgo para la salud de los fumadores pasivos suelen referirse a individuos expuestos al humo en el hogar o en el puesto de trabajo, donde pasan muchas horas al día, no a individuos que ocasionalmente acuden a restaurantes, bares o discotecas.

La Ley Antitabaco y su eventual endurecimiento, por tanto, no es defendible desde una posición liberal que rechaza que el Estado trate a los adultos como si fueran niños. Si alguien considera que el placer de fumar compensa los costes o los riesgos que tiene sobre su salud, es libre de hacerlo aunque pensemos que se equivoca. No es nuestro hijo ni nuestra mascota. No vale argüir que el paternalismo es necesario porque el tratamiento de su cáncer en la sanidad pública lo pagaríamos todos. En balance seguramente el Estado se ahorre dinero con los fumadores, pues mueren antes, y si el argumento es válido para prohibir el tabaco, lo es igualmente para imponer una dieta a la gente u obligarles a hacer ejercicio.

No me sorprende que un 70% de la sociedad española apoye medidas liberticidas y además crea estar defendiendo los derechos de alguien, en este caso de los no-fumadores como yo. "Los consumidores tenemos derecho a estar en un local libre de humo", dicen. "Los fumadores atentan contra nuestra libertad al invadir nuestros pulmanos con sus malos humos". El problema es que confunden el derecho a no inhalar humo en contra de tu voluntad con el derecho a no inhalar humo en contra de tu voluntad en una propiedad que no es tuya. Un invitado no tiene ningún derecho a exigir que en mi casa no fume en su presencia. Yo decido si en mi casa se fuma o no se fuma, si no le gusta esta condición es libre de marcharse o no entrar en ella. ¿Estoy violando la libertad de mi invitado? En absoluto, estoy ejerciendo la mía: es mi casa, mi propiedad, y yo decido cuáles son las normas, que por algo es mía. Equiparar el derecho a no inhalar humo involuntariamente con el derecho a no inhalarlo en la propiedad ajena es igual que equiparar el derecho a la libre circulación con el derecho a pasearme a discreción por la casa de mi vecino, o equiparar el derecho a la libertad de expresión con el derecho a publicar artículos en un periódico que no es mío.

Un detalle que también confunde a muchos es el calificativo de "público" que se aplica a los locales comerciales o de ocio. Al argumento de que las empresas, restaurantes y bares son propiedad privada y corresponde al dueño decidir, replican que son "espacios públicos" y que por lo tanto corresponde al Estado y no al dueño dictar normas. Pero la propiedad no es menos privada por el hecho de que vendas en ella un producto, emplees a trabajadores o cobres la estancia a los huéspedes. Que un local de ocio sea un "espacio público" sólo significa que está "abierto al público". Es una propiedad privada abierta al público, y el dueño debería tener en justicia los mismos derechos de propiedad.

El dueño de un bar para fumadores no obliga a nadie a tragar humo más de lo que un restaurante vegetariano obliga a comer verdura, una discoteca obliga a escuchar música electrónica, o un bar gay obliga a relacionarse con homosexuales. A quien no le guste la verdura, la música electrónica o relacionarse con homosexuales, que vaya a otro restaurante, a otra discoteca o a otro bar. Pero no tiene ningún derecho a cambiar el menú, a escoger la música que va a pinchar el DJ o a convertir el bar gay en un local hetero. Aunque el 70% de la gente lo apoye.

El humo del tabaco es un claro ejemplo de externalidad negativa que se resuelve mediante la ejecución de los derechos de propiedad. No hay ningún "fallo del mercado" a corregir, pues no se ha dejado al mercado ofrecer su solución. Antes de que el Estado interviniera ya proliferaban los bares y restaurantes que restringían el uso del tabaco o habilitaban espacios separados para fumadores y no-fumadores, y muchas empresas no permitían fumar a sus trabajadores dentro del recinto. Esta tendencia a la especialización sólo podía incrementarse en la medida en que la gente empezara a escoger un local en función de sus preferencias sobre el tabaco, pero el Estado tuvo que "anticiparse" imponiendo a todos una ley uniforme, socavando los derechos de propiedad y privándonos de la oportunidad de una oferta diversificada que realmente se ajuste a lo que quieren todos los consumidores, fumadores y no-fumadores.

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