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La ley actúa, pero contra la SGAE

Publicado en Libertad Digital

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La juez no ha visto dolo y por eso no lo ha condenado, explicitando además que, según la antigua Ley de Propiedad Intelectual, el acusado estaba ejerciendo el derecho de copia privada reconocido por la ley. "Entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos", argumenta. No creo que a la SGAE le haga mucha gracia leer esto.

El caso es que esto no es lo que se nos decía en verano de 2004, pocos meses después de llegar el PSOE al poder, en una campaña en que se decía que "ahora la ley actúa". La excusa era la modificación del Código Penal que entraba en vigor en octubre, por el que se establecía que "la difusión de contenidos ilegales en Internet es un delito castigado incluso con la cárcel", tal y como indicaba la campaña. Claro que ésta se había realizado con la ambigüedad suficiente como para que todo el mundo entendiera que eso de "contenidos ilegales" se refería a música y películas. Esta sentencia nos recuerda que no era así, al menos en aquel momento.

El problema es que la Ley de Propiedad Intelectual ha cambiado, con el apoyo de todos los grupos políticos, dejando el derecho de copia privada con una formulación tremendamente ambigua. Las conclusiones que cabe extraer de la misma son, según David Bravo, que se permite la copia privada siempre y cuando no se rompan las protecciones anticopia que incorpore el soporte original, porque en tal caso no se habría tenido "acceso legal a la obra". Pero eso, claro, sería la interpretación benigna. Un juez podría llegar a fallar que sólo se pueden realizar copias de originales, que sería otro modo de entender eso del acceso legal.

Lo curioso es que esta ley amplía el canon por copia privada a multitud de soportes que, hasta ese momento, se gravaban a algunos comerciantes minoristas por un acuerdo entre mayoristas y sociedades de derechos de autor. También permite a los productores proteger los originales con mecanismos anticopia. El Código Penal considera delictivas la creación, distribución y posesión de programas de ordenador que puedan servir para eliminar las protecciones a programas de ordenador u obras artísticas. Y la nueva ley, según la interpretación más benigna de un redactado sospechosamente ambiguo, impide ejercer la copia privada si se saltan esos mecanismos.

En definitiva, que la ley aprobada con los votos a favor del PP (que no se nos olvide) nos obliga a pagar un impuesto revolucionario a la SGAE y sus cuates a cambio de un derecho que en esa misma ley, en colaboración con el Código Penal, se prohíbe en la práctica. ¿A alguien le puede extrañar entonces que aparezca en España un "partido pirata"?

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