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Remedios procesales

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Conviene insistir en que solo tres individuos fueron condenados por su participación directa en los atentados, después de que el Tribunal Supremo estimara algunos recursos de casación interpuestos contra la sentencia dictada en primera instancia. A la vista del magro resultado de ese primer juicio del 11-M, parece evidente que muchos asesinos andan sueltos. Cualquiera que sea la valoración que merezca la actuación judicial, no puede perderse de vista que la ejecución de un atentado de estas características presupone la implicación de muchas más personas.

La parcialidad del conocimiento sobre el caso fue reconocida, por cierto, por los jueces presididos por Gómez Bermúdez. En el fundamento jurídico primero de su sentencia guardaron cuidado de resaltar que su objeto procesal se ceñía a la declaración de culpabilidad o inocencia de los procesados previamente por el instructor del sumario. Aun no siendo exacta esa acotación de los pronunciamientos posibles de una sentencia, los cucos magistrados guardaron la ropa para la posteridad.

De esta manera, mal que les pese a los leguleyos que no tienen ningún interés en arrojar luz sobre las incógnitas, una primera sentencia sobre unos hechos históricos tan poliédricos no equivale a dar carpetazo o marear los papeles de las causas que vengan después. Incluso si se atribuyera a esa sentencia una relativa eficacia prejudicial, no obstaría para continuar la búsqueda de la verdad material, inherente al proceso penal.

Por lo que se sabe, no se ha avanzado demasiado en la instrucción de las causas que separó el juez del Olmo del sumario principal, pero eso no significa que no deban dar resultados. Aunque otra Sala de la Audiencia Nacional, presidida por otro de los juzgadores del caso, Alfonso Guevara Marcos, desestimara el recurso de apelación de dos víctimas (Gabriel Moris y Pilar Crespo) contra la denegación de unas diligencias de prueba para determinar la naturaleza y el origen de todos los explosivos utilizados, ese jarro de agua fría no parece haber doblado su empeño por reclamar nuevas líneas de investigación. La Sala parece olvidar, en cualquier caso, que los restos de los trenes, con todos los vestigios que pudieran acumular, fueron eliminados a los pocos días de que ocurrieran los atentados. Una insólita actuación que ofrece indicios de encubrimiento, según el artículo 451.2 del Código Penal.

Otro resquicio que debería permitir fijar algunas piezas de este rompecabezas quedó abierto cuando la sentencia de la Audiencia Nacional dispuso que entregaría testimonios a varias acusaciones y defensas que anunciaron su intención de emprender acciones penales contra testigos y peritos que depusieron en el juicio. Aunque en un primer momento pareció renuente, el tribunal presidido por Gómez Bermúdez entregó finalmente las grabaciones de la prueba pericial química sobre los explosivos a la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M.

Llegados a este punto, cabe resaltar la responsabilidad que contrae el juez de instrucción encargado de tramitar las diligencias abiertas (y aquellos que deban instruir otras). Lejos de adoptar una posición pasiva y limitarse a denegar por sistema las diligencias que propongan las acusaciones particulares, deben dar el oportuno impulso procesal a las investigaciones. Aunque muchos jueces instructores timoratos no se atreven a dar un paso sin que lo refrende un fiscal, la ley les atribuye en exclusiva la dirección de la instrucción de los sumarios y tienen un amplio margen de actuación si quieren ejercer sus potestades como poder independiente.

En consecuencia, cabe exigirles que desempeñen sus funciones con la seriedad y profesionalidad que merecen unas actuaciones encaminadas a descubrir a unos criminales muy peligrosos que disfrutan de una inmerecida impunidad después de haber fulminado la vida de 193 personas ayer mismo, como el que dice. Probablemente no encontrarán un sumario más importante en su vida.

Afortunadamente, algunas víctimas valerosas no se han dejado intimidar por consignas y burlas que despiden una tinta de calamar apestosa. Las dificultades para lograr la empresa apetecida por quienes no quieren olvidar lo inolvidable se alzan poderosas. Para superarlas deben contar con unos jueces que no se amilanen ante las presiones de todo tipo. Un ejemplo de ellas se pudo observar la semana pasada al poco de conocerse el informe del perito Iglesias sobre los explosivos.

Para quien quisiera enterarse, el presidente del Gobierno encontró tiempo en el Debate del estado de la Nación para ufanarse de su abominable naturaleza, aunque mostrase una facundia tan limitada como cursi. Deliberadamente volvió a ligar su destino a la obediencia de la "ley del silencio" apenas rota por unas tenues protestas en el Congreso de los Diputados.

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