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La política ateniense (III): Las magistraturas

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En el artículo anterior repasamos los órganos de poder en la Atenas clásica, uno de los ejes centrales de la política ateniense. Otro de los pilares fundamentales eran los magistrados. Los magistrados eran políticos que ejercían un cargo nominado por elección o sorteo por un tiempo limitado. Y, con unas funciones a su cargo, era una figura diferente al politikós, que no tenía un cargo.

El hecho de que el sistema de elección fuera por sorteo y censitario evitaba que los cargos fueran depositados en las manos de las personas con más renta. Era muy importante que hubiera mucha rotación para que todo el mundo ejerciera al menos una vez el cargo. Los principios básicos que defendía Aristóteles sobre la democracia eran que todos pudieran ser elegidos mediante sorteo, que cobrasen, que se mantuvieran poco tiempo en el cargo, y que no pudieran repetirlo. Aunque no se ajustaría completamente a la realidad, los magistrados representaban el poder ejecutivo de la Atenas clásica, aunque como veremos es mucho más complejo, ya que, por ejemplo, muchos de ellos tenían poder judicial.

Intervención de los dioses

Las personas que hablan en la asamblea son los politikós. Las magistraturas desempeñan funciones casi burocráticas. Los cargos en la época arcaica se elegían con votación en la asamblea, pero hay una fase intermedia entre éste y el sorteo, que es el sorteo entre electos. Solón introdujo el sorteo para evitar que las personas más influyentes ganaran las elecciones. El sorteo tenía una intención sagrada, ya que creían que los dioses intervenían en él. Todos los cargos eran sorteados, salvo los que requerían de conocimiento técnico, que eran electivos, ese era el caso de los estrategos militares o los magistrados encargados de los tesoros de la ciudad.

Jenofonte escribió un panfleto antidemocrático donde decía que los atenienses querían sortear todos los cargos menos aquellos que implicaban una responsabilidad. Según la Constitución de los atenienses de Aristóteles, en Atenas había todos los años 700 magistrados, y para gestionar el imperio otros 700, por lo que nos da una idea de la gran participación política de los ciudadanos atenienses.  

Colegialidad

Otra característica de las magistraturas es la colegialidad. Las magistraturas estaban estructuradas en colegios de diez, respondiendo a la división en diez tribus de la población ateniense. No sabemos si era uno de cada tribu. Sólo sabemos que en el caso concreto de los estrategos sí eran uno de cada tribu, ya que era necesario conocer el terreno en el caso de un conflicto militar. Los magistrados estaban subordinados al poder de la asamblea. No tenían autonomía. Ni siquiera los estrategos, que eran los más reconocidos y prestigiosos. La colegialidad implicaba que todos los miembros estaban en igualdad de condiciones. No había un presidente fijo y todos tenían la misma autoridad.

Al inicio los magistrados no cobraban por el puesto, pero hacia mediados del S. V a.C, Pericles introdujo el llamado misthós, un sueldo de alrededor de tres óbolos. La misión del sorteo y el misthós tenían el mismo objetivo, hacer posible que cualquier ciudadano pudiera acceder.

Magistrados

Los magistrados más importantes eran los arcontes y los estrategos. Los arcontes son nueve más un secretario, los estrategos son diez. Los arcontes son los siguientes

  • Epónimo: Tenía funciones rituales, era el encargado de organizar las grandes fiestas como las dionisias, además preparaba las vistas previas de los juicios.
  • Polemarco: Era el jefe del ejército, se convertirá en una especie de juez de primera instancia que recoge las denuncias de los metecos (extranjeros)
  • Basileo: presidía el areópago (antiguo Consejo) y los juicios por asesinato con premeditación.
  • Seis tesmótetas: recibían denuncias por asuntos relativos con las instituciones y política de la ciudad, eran los que tenían más actividad judicial.

Ya hemos repasado los dos pilares básicos del sistema político ateniense, el poder legislativo y el ejecutivo. Falta otro eje central, que es el sistema judicial, un sistema muy complejo y con muchas aristas que desarrollaremos en próximo artículo de la serie. He de decir, que únicamente hago la distinción entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial para que se pueda entender mejor cada artículo, estaríamos cometiendo anacronismo si aplicáramos la división de poderes de Montesquieu a la Atenas clásica.

Serie ‘La política ateniense’

(I) La deliberación

(II) Los órganos de gobierno

2 Comentarios

  1. Impaciente por ver cuándo llega la exposición de la institución del Ostracismo, de especial aplicación a populistas demagogos en camino de convertirse en tiranos, con añoranza de que existiera en la actualidad para su eventual aplicación en la política nacional (en la persona de «Antonio»).

  2. OSTRACISMO: institución de la antigua Grecia por la que se declaraba/condenaba de algún ciudadano al que se consideraba una amenaza para el Estado o un tirano en potencia; https://es.wikipedia.org/wiki/Ostracismo#cite_note-17

    La ley del ostracismo en Atenas data del año 510 a. C., instituida según la tradición por Clístenes y puesta en práctica en el año 487 a. C. COMO LUCHA CONTRA LA TIRANÍA. Primero fue condenado el político Hiparco, más tarde Megacles V, Jantipo (padre de Pericles) y en el 482 a. C. Arístides, por sus enfrentamientos sociales a favor de los campesinos y en contra de las flotas marítimas. El último condenado se sabe que fue un demagogo ateniense, llamado Hipérbolo, en el año 417 a. C.


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